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SESION DE 17 DE FEBRERO DE 1824

mucho ménos de lo que vale al tiempo de dicha cosecha. Este abuso perjudica en jeneral a todos los sembradores i cosecheros, i sobre ello ocurren repetidas demandas de parte de los compradores i vendedores. No hai un reglamento decisivo acercá de esta materia para juzgarla con acierto. Este Gobierno lo podrá solo ejecutar, atendidas las circunstancias de las compras, en qué épocas se han verificado, i teniendo en consideración los precios a que han sido pagados i el valor que éstos tienen al tiempo de la cosecha. Pero estoi en la intelijencia que, para ejecutarlo sin embarazo, necesito que V. E. me autorice para ello. En cuya virtud, tengo la honra de ponerlo en su alta consideración para que se sirva dictaminar lo que estime de equidad i de justicia, comunicándome con prontitud su justa determinación por ser éste el tiempo preciso de las cosechas de trigos, para obrar conforme a su tenor en los casos que ocurran. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Rancagua, Febrero 7 de 1824. —Excmo. señor. —Agustín Tagle. —Excmo. Senado del Estado de la República de Chile.


Núm. 112

En virtud del artículo 6.º, título III del reglamento del Senado, propusieron los secretarios los oficiales que deben servir en propiedad en la Secretaría de su despacho, i se aprobó para oficial mayor el nombramiento de don Miguel Riesco, con el sueldo de 800 pesos anuales, i el de don Domingo Acevedo, don Manuel Magallanes i don Antonio Argomedo, cada uno con el de 500 pesos anuales, i de oficial auxiliar don Calixto González, con la asignación de treinta pesos mensuales en las épocas en que se le ocupe. Tengo el honor de comunicarlo a V. E. para los efectos convenientes, asegurándole los sentimientos de mi aprecio. —Sala del Senado, Santiago, Febrero 18 de 1824. —Al señor Director Delegado.


Núm. 113

El Senado se ha orientado de la honorable nota de V. E., fecha 16, en que se trascribe el oficio del senador don Bernardo Solar, dirijido al Ministerio de Gobierno, esponiendo sus enfermedades i solicitando se le exima del cargo de tal, i ha acordado se oficie a V. E., acusándole el competente recibo e indicándole que espera el espediente que se anuncia para deliberar lo conveniente sobre el particular. —Lo que verifico asegurándole los votos de mi mas alto aprecio. —Sala del Senado, Santiago, Febrero 19 de 1824. —Al señor Director Delegado.


Núm. 114

Tengo el honor de acusar recibo a U.S. de la libranza de cien pesos que, con fecha de hoi, ha recibido el secretario para gastos de su Secretaría, asegurándole mis mejores consideraciones. —Secretaría del Senado, Santiago, Febrero 18 de 1824. —Señor Ministro de Hacienda.