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SENADO CONSERVADOR
SENADO CONSERVADOR
SESION 221, ORDINARIA, EN 17 DE ABRIL DE 1820
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ MARÍA DE ROZAS


SUMARIO. —Asistencia. —Cuenta. —La junta de hacienda no debió admitir el recurso del asentista del ramo de cal, carbon i leña. —Remate del ramo de licores en San Fernándo. —Mora del auditor de guerra don Cárlos Correa. —Acta. —Anexos.


Asisten los señores:

Alcalde Juan Agustin
Cienfuegos José Ignacio
Fontecilla Francisco B.
Perez Francisco Antonio
Rozas José Maria de
Villarreal José Maria (secretario)

CUENTA

Se da cuenta:

  1. De un oficio en que el Supremo Director espone los motivos por que accedió el 12 de Noviembre último, contra las pretensiones del asentista don Antonio Silva, a lo solicitado por el cabildo de San Fernando. (Anexo núm. 127. V. sesion del 14 de Marzo.)
  2. De otro oficio en que el mismo Majistrado Supremo da cuenta de una devolucion de derechos de aduana, hecha de propia autoridad e indebidamente por el administrador i el contador del ramo, para que el Excmo. Senado resuelva quién debe reembolsar el desfalco. (Anexo núm. 128. V. sesiones del 18 de Abril de 1820 i 24. de Febrero de 1824.)
  3. De una nota de don Benito de Vargas, miembro de la comision recaudadora, quien espone haber instado a don Cárlos Correa, auditor de guerra, a que entere los quinientos treinta i cinco pesos fijados a la testamentaría de don Manuel Mena, i haberse él escusado con que tiene recurso pendiente ante el Excmo. Senado. (Anexo núm. 129. V. sesion del 22 de Diciembre de 1819.)

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Declarar que la junta de hacienda no debió admitir el recurso del subastador del ramo de cal, carbón i leña; pero que habiéndolo admitido i una vez otorgada la rebaja de mil quinientos pesos, ninguna autoridad puede rever el fallo, i en consecuencia debe cumplirse, sin perjuicio de ordenar a dicho tribunal que para en adelante cumpla las