i los pidieron ántes de solicitar sueldos que ignoraban si serian asequibles.
En suma, no puede persuadirse el Senado haya tan poca virtud en nuestros guerreros, que solo los premios en moneda les estimula a sacrificar su existencia en defensa de la patria; en tal caso, ¿que diferencia habria de los que pelean por su libertad, a los serviles que solo lo hacen por recibir la recompensa de sus amos? El mayor premio que todos debemos esperar de nuestras fatigas i comprometimientos es la emancipacion de la España, es un Gobierno liberal, salir del triste estado de colonos al rango de nacion i ocupar un lugar entre los del globo. Ojalá para esto tuviéramos la virtud de los héroes, que cambiaron sus fortunas por las armas para salir al campo del honor a sacrificar sus vidas por la patria. Entonces podríamos contar con que no serian efímeros nuestros planes, como que siempre ha sido libre el que eficazmente lo desea. Entonces tendrán los jenerales la gloria de que los pueblos los reconozcan autores de su libertad i cooperarán a que tengan sueldos i premios correspondientes a su rango i mérito. Esta es la idea que debe alimentar a los defensores de la patria, i no un crédito que, si no se cubre, de nada aprovecha, i si se I paga con preferencia a otros, solo ocasiona afliccion i celos, siempre perjudiciales, que V.E. -debe evitar por todos los medios posibles. El justo anhelo del enado por el orden le ha hecho estenderse mas de lo que debia en reflexiones, en que no es su ánimo ofender la conducta de los oficiales, sino convencer que es tiempo mui inoportuno para la variación i aumento de sueldos pretendido, que tendrá lugar mui en breve si, como hasta aquí, continúan sus desintereses i virtudes patrióticas que han de sellar nuestra independencia. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Noviembre 14 'de 1820. —Al Excmo. Señor Supremo Director.
Núm. 676
Excmo. Señor:
Vuelve el Senado a V.E. el recurso de los herederos de don Juan Francisco Javier Mate, sobre la moratoria de gracia que imploran de V.E. para que se sirva pasarlo en vista al ministerio fiscal, i, con lo que diga, resolver el Senado la consulta. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Noviembre 15 de 1820. —Al Excmo. Señor Supremo Director.