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SESION DE 3 DE OCTUBRE DE 1820

Director, el Ilustre Cabildo i toda la nobleza, que se convidará al efecto; e igualmente se citará por bando al pueblo bajo, para que concurra a la plaza a tan solemne acto, en donde se prestará el juramento de darla i recibirla por el valor que llevo designado; luego se tirará al pueblo una porcion de ella, con aclamaciones de ¡Viva la Patria, Viva la libertad! En la noche de este dia, se harán unos juegos con magnificencia. Todas estas menudencias disponen el ánimo de los ciudadanos i entran sin violencia por lo que se les preceptúa. Será conveniente también que al dia siguiente publique el Gobierno un bando bajo los artículos siguientes, a saber:

  1. Que, por convenir al Estado i al Erario, ha venido en crear la moneda de cobre.
  2. Que ninguno rehuse darle la estimacion jurada, ni ménos dejar de vender por ella sus efectos (tanto de abasto como de comercio), bajo la pena de perder la mitad de sus bienes el que fuere noble i la de diez años de presidio el plebeyo, sin que a uno ni a otro les valga el sagrado fuero de patriota.
  3. Que ningún hacendado ni agricultor, por razon de la abundante moneda, pueda alterar los precios a aquellos artículos del país; principalmente a los de primera necesidad.
  4. Que, desde la hora i momento que se publique este bando, quede todo minero de plata i oro obligado a cambiar al Erario por moneda provincial la tercera parte de las pastas que sacase de su mina, bajo la pena de perderla en caso de contravencion. Dispuesto todo en la forma referida, mandará pagar a todos los empleados i a las tropas en moneda provincial. Hé aquí introducida i sin violencia ni despotismo.
    Las razones que nos deben animar a la empresa, son sin disputa las mas dignas de nuestras atenciones i del mayor interes, i son las siguientes:
  5. El lleno del Erario, pues con el valor de doce mil pesos se ponen en arcas en moneda provincial seiscientos mil pesos, de que se sigue que le queda al Erario de aumento en el cuño un ciento poco ménos por uno, o mas claro, un noventa i nueve por uno; de cuya ganancia resulta poder el Erario del Estado, mantener sobre las armas una fuerza de 20,000 a 30,000 hombres, bien pagados, que son otros tantos conquistados que aumenten la poblacion, lo que acarrea al Estado grandes ventajas.
  6. El poder el Erario poner fábricas, pues nadie ignora la utilidad que es tenerlas, i en Chile mucho mas que en otras partes; porque en los países donde cada uno se ejercita en alguna industria para vivir, no se adelanta mas en los que se dedican a las fábricas que sacarlos de una ocupacion ménos útil a otra que lo es mas; pero aquí, donde se pueden emplear en fábricas cuarenta mil hombres que hoi viven sin ocupacion alguna, es un nuevo aumento a la riqueza de la nacion, sacado de la nada, esto es, del tiempo que gastan hoi los holgazanes en la inaccion, ociosidad, vagabundería i mendicidad.
    Las fábricas de que tenemos la materia en nuestro país, i de cuyas mas obras hai mucho consumo en el Estado, son las que merecen nuestra primera atención, las principales son: las de lana, lino i cáñamo, pues con ellas ahorraremos al Estado una saca crecida de caudales; i aunque éstos en sus principios no tengan su total perfeccion, no por eso dejan de ser útiles, i sin la adopcion de la moneda cobre, jamas las veremos ni en principios ni en perfeccion.
  7. El adelantamiento de la agricultura, negocio sumamente interesante, con cuyo logro estableceremos un comercio esterior activo, esportando nuestros frutos a rejiones diversas, reduciéndolos a plata; lo cual hará en pocos años al Estado floreciente.
  8. El aumento del comercio interior, porque creciendo éste a proporcion de la riqueza, como ésta sea en grado superlativo, se sigue serlo también aquél. Ramo que, con el curso del tiempo, hará al Estado i al Erario opulentos. Para prueba de esta verdad, haré patente lo que dice don Bernardo Ward en su obra postuma Proyecto Económico. Son, pues, sus palabras: "Que, desde que se estableció en Londres la moneda provincial, creció tanto el comercio interior de la nacion, que le produce siete veces mas que la pension anual de un 10 por 100 que pagan los fundos i propiedades". De aquí podremos inferir cuán provechosa cosa sea la moneda provincial i las ganancias que de ella resultan.
  9. El poner un banco de minería de un millon de pesos, con solo el valor intrínseco de veinte a veinticuatro mil pesos, por lo que dará al Erario anualmente de doscientos mil pesos para arriba; i otro nacional que también trae grandes utilidades.
  10. La grande utilidad que es tener i mantener una marina que facilite la comunicacion con las demas naciones i que guarde las costas; como también la construccion de fragatas i bergantines de guerra; cosas igualmente útiles como esenciales. Todas estas grandezas nos facilita la moneda referida; i, lo que es mas, la consolidacion de nuestra libertad i que viviremos sin pechos, empréstitos ni donativos que nos reduzcan a un grado de mendicidad.


Reparos que pudieran entorpecer el establecimiento de la moneda cobre, i que, aunque parecen valiosos, se desvanecen sin perjuicio del Estado i del Erario.
  1. La introduccion que harían de dicha moneda, así los estranjeros como cualquiera otra nacion. A lo que se responde: que el Gobierno, señalando un punto jeneral de desembarco i poniendo en él un resguardo de sujetos de honor, patriotas i bien pagados; encargándoles toda escrupulosidad en los rejistros i penándolos, en