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SENADO CONSERVADOR

fué preciso satisfacer según la contrata, i en vista de la ninguna utilidad que le traia, cedió el negocio a Manuel Alquimia i José Lara, quienes por iguales motivos lo dejaron. Entró don José Ignacio Sotomayor a la subasta i emprendió el propio negocio, que fué reconvenido por el señor intendente don Francisco Fontecilla, en el aseo de la calle donde estaban los caballos, i teniendo que retirarlos al Basural, donde actualmente se hallan, le era indispensable pagar tres hombres mensuales para el cuidado. En este tiempo tuvo algunas pérdidas, con las que trató de abandonarlo; seguí yo a probar suerte, haciendo se me diese arbitrio para algún disgusto, como se acredita al respaldo del decreto del señor Fontecilla. El negocio no es de mayor utilidad por que trae los costos de dos hombres a ocho pesos al mes i uno de cuatro, cuya dilijencia es indispensable para evitar por pérdidas, que yo no seria capaz de reparar; pero la escasez de medios i arbitrios para subsistir i sostenerme con tal cual decoro, me hacen poner todo el esmero de que es capaz mi pundonor. En estas circunstancias, i temiendo que el nuevo Cabildo, que está para elejirse, sin conocimiento de mis servicios i de ser un puro arbitrio debido a mi dilijencia, ha de suprimirlo i hacer novedad en ello, ocurro a la justificacion de US. para que, atendiendo a mi mérito i al ningún perjuicio que de ello resulta, se sirva declararme por gracia i en la compensacion de mis servicios este corto ingreso, por ser de justicia, etc. —Francisco Bacigalup.


Santiago, Noviembre 19 de 1819. —Informe el señor rejidor juez de abastos, i fecho corra en traslado al señor procurador jeneral de ciudad. —(Hai tres rúbricas.)


Núm. 367

M. I. C.:

En cumplimiento del decreto de US. de esta fecha, digo: que los servicios de don Francisco Bacigalup son notoriamente conocidos; su irreprensible conducta i esmero en el desempeño de los jueces de abastos, lo hacen acreedor a que la Municipalidad no solo le dé un documento que lo ponga a cubierto de la codicia de los mal intencionados en el arbitrio de los caballos, sino que se le deben dar las gracias por aliviar a los abastecedores del riesgo i cuidado de atender a sus animales, no ménos que ahorrar a la policía los basurales indispensables que se harian en la plaza, si allí permaneciesen, a que se agrega ser un medio de aumentar los abastos con que se beneficia la poblacion, i otras reflexiones que omito. —Santiago i Noviembre 19 de 1819. —Agustin de Gana.


Núm. 368

M. I. C.:

El procurador jeneral de ciudad dice: que reproduce el anterior informe, con agregacion que el encargado de custodiar las cabalgaduras de los abastecedores, deberá cuidar del aseo del sitio en que se depositen. —Santiago i Noviembre 20 de 1819. — José Raimundo del Rio.


Núm. 369

Santiago, Noviembre 23 de 1819. —Con lo informado por el señor rejidor juez de abastos, i señor procurador jeneral de ciudad, i en atencion a los distinguidos servicios de don Francisco Bacigalup, se le nombra o comisiona para la custodia de las cabalgaduras de los abastecedores, en los términos acostumbrados, con la calidad de ser de su resorte el aseo del sitio en que se depositen: haciéndosele esta gracia en compensativo de sus servicios. —Echeverría. —Troncoso. —Valdés. —Pedregal. —Astorga. —Eyzaguirre. —Dr. Tocornal. —Bezanilla.


Núm. 370

Señor Ministro de Hacienda:

Cuando el Ilustre Cabildo fué reconvenido por el antiguo Gobierno (en circunstancias de estar subastada la plaza por don Julian Diaz), sobre el aseo de ella, i para que no se permitiesen cabalgaduras de los abastecedores en su interior, por evitar la inmundicia pestilencial, que no solo trascendía al palacio i a la sala municipal, sino al comercio, que justamente se quejaba por esto, se previno al subastador que aplicase todo su cuidado por este remedio. Así lo ejecutó, obligando a todos los que introducian abastos de toda clase para que luego que los descargasen, retirasen sus bestias de aquel punto. Estos opusieron las dificultades que tenian de mantener uno o muchos sujetos que se las llevasen prontamente i se las trajesen en oportunidad para retirarse. Se trató de conciliar uno i otro perjuicio, i a este propósito convinieron ellos mismos en dar un cuartillo al dia al que les asegurase sus animales, teniéndolos prontos cuando los pidiesen sin que les faltase cosa alguna de sus aperos i aparejos.

Así quedó asentado mientras duró el término de esta subasta, aunque el subastador lo miró con desprecio por lo penoso del encargo i por el mezquino ingreso. Le sucedió su hijo en este destino, i últimamente don José Ignacio Sotomayor, quien, desengañado que no le tenia cuenta por el ridículo ingreso, cuando cargaba sobre sí la responsabilidad de animales, frenos, etc., que



Véase: [[Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de la República de Chile/1820>/Sesión del Senado Conservador, en 1 de julio de 1820>|Sesión Extraordinaria del Senado Conservador, en 1 de julio de 1820>]]