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SENADO CONSERVADOR

ACTA

En la ciudad de Santiago de Chile, a ocho dias del mes de Mayo de mil ochocientos diezinueve años, convocado el Excmo. Senado en su sala de acuerdos i en sesiones estraordinarias, vuelta a discutir la cuestion sobre los perjuicios que se infieren al Estado con el contrabando, i visto lo instruido nuevamente por el Supremo Director, consultando medios para evitarlo, mandó S.E. que, en contestacion, se trascribiera el acuerdo del 5 del que rije, haciéndose ver al señor Director que, si no seria por demas establecer nuevas trabas i aumentar las penas contra los contrabandistas, seria útil que, a mas de ellas, se prefije cierta cantidad a los comerciantes, consignatarios, propietarios o dueños de buques que intenten pasar por alto mercaderías i sean sorprendidos, pudiendo ser la de que, comprobado el hecho, sea decomisado el buque i su cargamento, tentando por este medio contener el contrabando i atajar unos excesos que ya se cometen con demasiado escándalo. I quedando ejecutado, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. —Fontecilla. —Perez. —Rozas. —Cienfuegos. —Villarreal, secretario.


ANEXOS

Núm. 645

Excmo. Señor:

Por el Ministro de Estado en el departamento de Gobierno me instruí ayer que, reconvenido por una esquela del señor Presidente del Senado sobre el motivo de no haberse proveido la plaza vacante de la Cámara de Justicia, sin embargo de estar hecha la propuesta por ella, le contestó a continuacion que la Cámara solo habia pasado un oficio anunciando la vacante i pidiendo permiso para hacer la propuesta; que se le contestó concediéndole el permiso, i hasta la fecha no habia dado mas paso la Cámara. En esta intelijencia, no puedo comprender cuál es el espíritu de la incitativa que con esta fecha me hace V.E. por oficio firmado por el mismo señor Presidente, a que tengo el honor de contestar. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial de Santiago, Mayo 7 de 1819. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado del Estado.


Núm. 646

Excmo. Señor:

Don José Tomas Urra, convencido por dos juicios distintos de acérrimo partidario de los Carreras i cómplice en sus planes sanguinarios de asesinar las primeras autoridades i trastornar la actual administracion del Estado de Chile, fué destinado a Patagónicas hasta que, restablecido el órden, no hubiese motivo de recelar de los facciosos; cuya sentencia he mandado insertar en la Gaceta de mañana.

El memorial que V.E. me acompaña con oficio de esta fecha i a que tengo el honor de contestar, asevera a toda luz el jenio pedante i orgulloso de Urra que, sin duda, ha dado motivo suficiente para que se le mantenga en prisiones. Si un jóven faccioso i emprendedor que descubre todo su carácter en las espresiones duras que vierte contra la primera autoridad del Estado mereciese el epíteto de ciudadano decidido por la libertad de su país, desde hoi me avergonzaria yo de nombrarme con espresion tan honorable. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial de Santiago, Mayo 7 de 1819. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado del Estado.



Núm. 647

Excmo. Señor:

Paso a manos de V.E. la adjunta solicitud que ha hecho a este Gobierno don Francisco de Borja Fontecilla para que V.E. acuerde sobre ella lo que estime conveniente. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial, Mayo 8 de 1819. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado.


Núm. 648

Excmo. Señor:

Con fecha 6 del que rije, propone V.E. que, para evitar el contrabando que fomenta la destruccion del erario i causa males indecibles, conviene que, imitando a los ingleses i anglo-americanos, se establezca una lei en que se prefije cierta cantidad a los comerciantes, consignatarios, propietarios o dueños de buques que intenten pasar por alto i sean sorprendidos, pudiendo ser ésta la de que, comprobado el hecho, sea decomisado el buque i su cargamento. Con fecha 5 del presente dijo el Senado a V.E. lo siguiente: (Aquí el oficio).

Será mui bueno que, a mas de las penas mencionadas i de las precauciones que nuevamente recomienda el Senado, se establezca la del decomiso del buque i su cargamento para contener unos excesos que se hacen ya escandalosos. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago, Mayo 8 de 1819. —Al Excmo. Señor Supremo Director.

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