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SENADO CONSERVADOR

canal de Maipú; pero lo principal debe ser ponerlo en estado de que cada comprador saque de él la suya. Miéntras no se concluya la obra i vean los hacendados llegar el agua al Mapocho, no se ha de verificar ninguna venta. El Senado ha tratado con la comision, i ésta asegura que en el término de un mes podria lograrse el fin, si vuelven al trabajo cien presidarios i se les entrega el dinero en que fueron gravados los hacendados por el beneficio que se les concedió en darles el agua del canal para riego de sus sembrados. Nos asegura que los prisioneros europeos no se desertan, como que les faltan conocimientos i son ménos los que los ocultan. Si V. E. conviene que puestos en aquel trabajo no peligra la salud del Estado, deben traerse para continuar una obra tan interesante i que en tan poco tiempo puede concluirse. El rasgo de canal para que éntre el agua al Mapocho es lo que urje, que los puentes pueden hacerse despues. Para la recaudacion de dinero ofrecido por los hacendados debe comisionarse a la Intendencia, que habrá de entregarlo a la comision. Así se logra el fin que el Senado se propone, si a V. E. no ocurre otro medio para facilitarlo con la brevedad que pide negocio tan interesante. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Santiago, Marzo 10 de 1819. —Al Excmo. Señor Supremo Director.


Núm. 466

Excmo. Señor:

Se han visto en el Senado con el mayor placer los tratados celebrados por los plenipotenciarios de este Estado i el de las Provincias Unidas sobre la espedicion libertadora de nuestros hermanos del Penú. Todos los que comprende son conformes a las benéficas i liberales intenciones de ambas cortes. No encuentra el Senado reparo que oponerles ni otra cosa que agregar si no el que, para el caso que se llegue a repetir por costos, se lleve una cuenta instruida de los que haga cada Estado con aquel objeto; i para la debida ejecucion, se devuelven a V. E. los orijinales. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Santiago, Marzo 10 de 1819. —Al Excmo. Señor Supremo Director.