Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo II (1818-1819).djvu/337

Esta página ha sido validada
335
SESION DE 9 DE MARZO DE 1819
  1. cargado nuevamente del rateo en fuerza de la escusa de don Luis Mata i de don Francisco de B. Valdés, por el pronto desempeño de la comision, i advertirle que, si en el dia no concurren los otros comisionados don Diego Valenzuela i don Ignacio Izquierdo, proceda por sí solo, tomando las informaciones que estime oportunas. (Anexo número 463.)
  2. Aceptar la venta de regadores del canal de Maipú, venta que, a lo ménos, puede rendir cien mil pesos, i la de unas cuatro mil cuadras de tierras del título nombrado de Lepe, que fueron de la pertenencia del finado don Pedro Villar i en el dia lo son del Hospital; que se dividan ellas en hijuelas de cuarenta a cincuenta cuadras i se enajenen a censo, con la obligacion de que el adquirente compre al contado dos regadores para cada una; que se fije a cada regador el precio de quinientos pesos, i una comision arregle la cantidad de agua i el nivel; i declarar espresamente que ninguna nueva toma debe pagar derecho de tránsito por los terrenos que ocupe, a no ser que en ellos haya planteles. (Anexo núm. 464.)
  3. Oficiar por separado al Supremo Director diciéndole que, si se ha de llevar adelante la venta de regadores del canal de Maipú, es conveniente poner a cada interesado en estado de sacar el suyo, i que el encargado de la obra ha manifestado verbalmente al Senado que con cien presidarios mas podria concluir el trabajo en un mes; que en él se podrian emplear cien prisioneros europeos; i que para recaudar lo ofrecido por los hacendados interesados en la conclusion de la obra, se comisione a la Intendencia, la cual hará las entregas al encargado de la obra; i, en fin, que se encarezca a éste la urjencia que hai en que el agua se vacie en el Mapocho. (Anexo núm. 465.)
  4. Aprobar los tratados celebrados eutre los plenipotenciarios de Chile i de las Provincias Unidas sobre la espedicion libertadora al Perú, con cargo de que, para cuando llegue el caso de repetir por los costos de ella, se lleve una cuenta instruida de todo los gastos que ambos Estados hagan. (Anexo núm. 466.)

ACTA

En la ciudad de Santiago de Chile, a nueve dias del mes de Marzo de mil ochocientos diezinueve años, congregado el Excmo. Senado en su sala de acuerdos i en sesiones estraordinarias, dispuso que al comisionado don Antonio Montt, encargado nuevamente de la reforma de la lista del mensual por la escusa de don Luis Mata i de don Francisco Borja Valdés, se le reconviniera por el pronto despacho de la comision, advirtiéndole que, en el evento de no concurrir en el dia el otro comisionado don Diego Valenzuela, ni presentarse el socio don Ignacio Izquierdo, procediera al desempeño de su comision, tomando los conocimientos que estimare oportunos, adquiriéndolos de las personas que creyere interesantes.

Con el objeto de auxiliar al Erario en sus apuros, acordó S. E. se dijera al Excmo. Supremo Director que era del mayor interes decretar la venta de regadores de agua del canal de Maipú, que podia producir cuando ménos cien mil pesos; i que, para facilitar la enajenacion, se formalizara un espediente en que se allanara la venta de mas de cuatro mil cuadras de tierras de las incultas i despobladas del título nombrado de Lepe, que fueron de la pertenencia del finado don Pedro Villar i en el dia corresponden al Hospital; que podrian distribuirse muchas hijuelas de cuarenta o cincuenta cuadras, vendiéndose a censo, con la obligacion de comprar al contado dos regadores de agua para cada una, lográndose por este medio fertilizar aquellos campos, proporcionando a muchos el que se finquen i beneficiando al Erario con el percibo del numerario de que carece; que para el mas pronto efecto del proyecto, debia señalarse a cada regador el precio de quinientos pesos, nombrando una comision que arregle la cantidad de agua i el nivel con que deba sacarse; siendo declaracion espresa que ninguna nueva toma deba pagar derecho de tránsito por los terrenos que ocupe, a no ser que se hallen beneficiados con planteles, encargando a la Intendencia que sin pérdida de tiempo dispusiera de la ejecucion de esta determinacion.

Ordenó S. E. que, por separado, se significara al Excmo. Supremo Director que, si debia llevarse adelante la venta de regadores de agua del canal de Maipú, era interesante ponerlo en estado de que cada interesado sacara la suya, haciéndose llegar el agua al Mapocho; i que, habiendo manifestado en este Excmo. Cuerpo el comisionado de la obra que en el término de un mes podria allanarse su conclusion, dándose cien presidiarios mas i entregándose el dinero en