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SESION DE 25 DE FEBRERO DE 1819

dirme sobre si el conocimiento de las causas espresadas corresponde a la Junta o a la Comision, miéntras V.E. se sirva allanar con una esplicacion la perplejidad que resulta de estas dos leyes constitucionales. Sírvase V.E. acordar lo conveniente i avisarme su resolucion. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago i Febrero 23 de 1819. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado del Estado.


Núm. 413

Excmo. Señor:

Mr. Jeremías Robinson, natural de Estados Unidos de Norte América, se halla de próxima partida a su patria i se me ha ofrecido voluntariamente a servir de apoderado del Estado de Chile en su nacion.

Tiene un decidido interes por la independencia de América i está dotado de suficiente ilustracion, como que fué secretario del Embajador de Norte América cerca del Gobierno de Inglaterra despues de la última guerra entre esas dos potencias.

Todas estas circunstancias hacen aceptable la proposicion de Mr. Robinson, pues su personería debe traernos ventajas útiles en nuestras relaciones políticas i comerciales, agregándose la de que merece la estimacion del actual Presidente de su nacion.

A V.E. corresponde acordar este negocio; i espero tenga la bondad de hacerlo con la brevedad posible i avisarme su resolucion. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial de Santiago, 20 de Febrero de 1819. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado del Estado.


Núm. 414

Excmo. Señor:

La representacion i documentos que acompaña doña Manuela Barriga, viuda del benemérito patriota don José Jimenez Tendillo, dará a V.E. una breve idea de su triste situacion i miseria a que se vé reducida; la que tengo el honor de acompañar para que V.E. acuerde lo que fuere de su arbitrio. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Sala Directorial i Febrero 22 de 1819. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado.


Núm. 415

Excmo. Supremo Senado:

No comprende esta Cámara que haya dado mérito a que V.E., en su supremo oficio de 18 del corriente, le note de omisiones i lentitudes en dar razon de las visitas de cárcel i del estado i progreso de las causas. No halla a qué atribuir el que se le prevenga que la arbitrariedad debe caer en tierra i perecer. No alcanza por qué se le exhorte al cumplimiento de su obligacion por no decaer del rango elevado de hombres libres al abyecto de esclavos; por qué le signifique que no solo quiere precaver los abusos sino manifestar al público el procedimiento de los majistrados. No descubre por qué le esponga que el objeto de la reconvencion es para que sirva de estímulo contra la morosidad, i el remedio de freno al exceso de una autoridad que, si es santa ejercida fielmente, es terrible si se prostituye; i por último, por qué se le reconviene a que llene sus deberes i designios propuestos.

¿Pues qué, Señor Excmo., la Cámara que desde el año de 11 ha dado públicos ejemplos de justificacion, en solo tres meses de la creacion del Excmo. Senado ha incidido en omisiones, lentitudes, abusos i arbitrariedades que deben caer en tierra i por cuyos defectos se han trasformado de libres en esclavos? ¿Qué abusos ha notado V.E. en la Cámara que desea precaver, i qué procedimientos en los majistrados que quiere se hagan públicos? ¿Que necesita esta Cámara de estímulos contra la morosidad i de remedios que sirvan de freno al exceso de una autoridad sagrada, prostituida por sus Ministros? I en fin ¿que es preciso usar de unas reconvenciones amargas, cáusticas i sensibles para que llene sus deberes? ¡Infeliz Chile, desgraciado V.E. mismo, si a la alta Majistratura i al Excmo. Supremo Poder Judiciario, que se halla en ella radicado por la Constitucion, o por mejor decir, si al centro en que está depositada la administracion de todos los ramos de justicia, le conviniesen los feos atributos que podrian aplicarse a una autoridad prostituida!

Descanse V.E. en la firme confianza de que el bien merecido respeto de esta Cámara i honor de sus Ministros, que han procurado quede a cubierto desde su creacion, jamas ha dado ni dara márjen a que se le dé un tratamiento degradante. La Cámara desde el año de 11 ha tenido particular interes no solo en el pronto i privilejiado despacho de las causas de los reos, sino en que lo tuviesen los Jueces inferiores i sus subalternos. Repuesta la Cámara en el año de 17 con los mismos Ministros i colocada despues donde actualmente se halla, de un acuerdo se ofrecieron gustosos a pasar por la incomodidad de ir a las doce o mas del dia en invierno i verano allá, a la sala de Cabildo, a hacer las visitas de cárcel e instruirse del estado de las causas, i propender a que, evacuadas las actuaciones de necesidad, se sentenciasen definitivamente. Con el mismo objeto se conducian al patio interior de la cárcel, no solo a consolar aquellos infelices i repartirles sus limosnas, sí tambien al rejistro de la comida en cuanto a su cantidad i calidad. No dejaron de ofrecerse algunos embarazos al prin