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SENADO CONSERVADOR
SENADO CONSERVADOR
SESION 21, ORDINARIA, EN 5 DE FEBRERO DE 1819
PRESIDENCIA DE DON JOSÉ IGNACIO CIENFUEGOS


SUMARIO. —Lista de los senadores asistentes. —Cuenta. —Se aprueba un senado-consulto sobre garantías de habitantes de Concepcion. —Acta. —Anexos.


Asisten los señores:

Alcalde Juan Agustin
Cienfuegos José Ignacio
Perez Francisco Antonio
Rozas José M. de
Villarreal José María (secretario)

CUENTA

Se da cuenta:

De una nota con que el protomédico acompaña una lista de los médicos i cirujanos habilitados. (Anexos núms. 355 i 356.)

ACUERDOS

Se acuerda:

Decretar una amnistía para los habitantes de la provincia meridional de Concepcion a fin de reparar en lo posible los pasados males de la guerra, amnistía reglada por siete artículos. (Véase acta de la presente sesion i anexo núm. 357.)


ACTA

En la ciudad de Santiago de Chile, a cinco dias del mes de Febrero de mil ochocientos diezinueve, convocado el Excmo. Senado en su sala de acuerdos i en sesiones ordinarias, se movió la discusion sobre el sumo interes con que debe mirarse la Intendencia de Concepcion; i recordándose que los sacrificios que han esperimentado aquel las provincias con dos consecutivas guerras tan largas i desoladoras, exijen proporcionar el consuelo a sus habitantes, mirándoles con el estrecho vínculo de amor i fraternidad que conserven la union política i moral, acordó S. E. dar a estos habitantes un auténtico i solemne testimonio de la sinceridad con que, deseando reparar los pasados males, aspira solo a reunirles en los intereses de la patria, i para la defensa de la gran causa de América; i a este efecto mandó se pasara al Supremo Director el siguiente senado-consulto, comprensivo de los siete artículos que se puntualizan:

Art. 1.º El Supremo Gobierno, con acuerdo del Senado, declara a todas las provincias i habitantes que comprende la Intendencia de Concepcion restituidos a la union política i moral del Estado chileno i, por consiguiente, que existe la