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SENADO CONSERVADOR


Sesion en 1.º de febrero
Páj. 542
Dispónese cuáles individuos de cada Cabildo serán en lo sucesivo renovados en cada elección i cuáles nó.
Mándase que el remate de los diezmos se haga por doctrinas, pero que ántes sean ellos avaluados.
Pídese al Director Supremo que fije hora, dia i lugar para tratar verbalmente de la espedicion libertadora.
Sanciónase la carta de ciudadanía de don Félix María Urcullu.


Sesion en 4 de febrero
Páj. 550
Dispónese que don Pedro Antonio del Villar sustancie de nuevo ante el Gobierno su espediente para obtener carta de ciudadanía.
Autorízase al jeneral San Martin para dirijir una proclama a los pueblos.
Dispónese que don José Severino Vargas ocurra al Gobierno con cierta solicitud.
Declárase que el Senado está facultado para velar por la libertad de los ciudadanos i que en consecuencia ha debido amparar a don Baltasar de Ureta.
Rebájase la cuota de contribución de don Domingo Santiago.
Sanciónase la carta de ciudadanía de don Márcos Francisco de Sierralta.


Sesion en 9 de febrero
Páj. 560
Pídese una razón de las mandas forzosas.
Autorizase a don Estéban Valle para establecer una imprenta.
Recházase la solicitud entablada por el asentista del ramo de panadería, en demanda de que se le permita cobrar los derechos de las harinas en el acto de introducirlas en la ciudad.
Revócase el acuerdo que autorizó el establecimiento del juego de la ruleta.
Fíjase por ahora en 480,000 pesos el presupuesto de la espedicion a Lima.
Redúcese la pensión tributaria de don Plácido Cisternas.
Sanciónanse las cartas de ciudadanía de don Pedro del Real, don Joaquin Iglesias, don José de la Vega i don Miguel de Giiemes.


Sesion en 10 de febrero
Páj. 566
Declárase que el Supremo Director no ha podido por sí solo derogar el Reglamento de Regulares ni otra lei cualquiera, i requiéresele para que haga refrendar sus actos por los Ministros.
Declárase que sin la prévia anuencia del Senado, el Director Supremo no ha podido establecer el impuesto destinado a la manutención de los prisioneros i pidensele esplícaciones sobre este asunto.
Declárase que corresponde al Gobierno decidir si la lei de recusación de ciertos jueces se ha de aplicar o nó en el juició que don Juan Egaña sigue con don Ignacio Urízar.
Autorízase al Gobernador-Intendente para que comisione a alguna persona de su confianza que presencie el allanamiento de la casa de don Marcos Bea.
Sanciónase la carta de ciudadanía de don Domingo Canzeiro.
Mándase pagar con preferencia al escribano don Juan Lorenzo Urra ciertos derechos que le debe el depositario de las casas de don Marcelino Cañas.


Sesion en 11 de febrero
Páj. 573
Recházase el proyecto de imponer en Quillota una contribución para mantener una compañía de guardias nacionales.
Redúcese la cuota de contribución de la Ligua.
Acuérdase asistir mañana a la misa que se celebrará en conmemoracion de la Jura de la Independencia.


Sesion en 17 de febrero
Páj. 579
Trascríbese íntegro al Gobierno el acuerdo relativo a la solicitud de don Juan Diego Barnard para que rectifique la publicación que de él se ha hecho en la Gaceta Ministerial.
Esplícase al Gobierno por qué el Senado ha creido que debia amparar, como lo ha hecho, a don Baltasar de Ureta.
Pídese informe sobre la supresión o reducción de los derechos de alcabala solicitada por el comercio de Chillan.



Sesion en 18 de febrero
Páj. 582
Establécese un impuesto para la manutención de los prisioneros.
Dispónese que en lo sucesivo pagarán derechos de aduana todas las mercaderías que se internen en el país, aun aquellas que ya los hubiesen pagado en las Provincias Unidas.


Sesion en 19 de febrero
Páj. 584
Autorízase al Gobierno para pagar las deudas del Estado con los créditos de temporalidades.
Devuélvese al rector del Instituto Nacional la planilla de lo recaudado por el ramo de mandas forzosas.
Declárase que el 22 de los corrientes, don José María de Rozas debe asumir la presidencia del Senado.