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SESION DE 29 DE FEBRERO DE 1820
Deudas Pasivas
Pesos Rls.
Suplementos hechos al Estado por sujetos particulares hasta fin de Diciembre de 1819, con cargo de devolucion. 176,730
Billetes sin amortizar. 285,705
Libramientos dados por esta Tesorería contra los productos de Aduana que están por cubrir. 123,902 7
Empréstitos forzosos con cargo de devolucion pagaderos a la conclusion de la guerra. 123,692
Id. id. id. i abono de intereses. 13,000
Varios depósitos desde el año de 1817 hasta fin de 1819. 104,813
Capitales e intereses de consolidacion. 153,816
Otros capitales que reconoce la Tesorería. 1,800
Ganados para el ejército; podrán deberse según noticias estrajudiciales por los rateos que se han hecho. 50,000
De azogues comprados al Supremo Gobierno de Buenos Aires en 1817. 23,492 5
De útiles de guerra, pertrechos i otras especies para la marina i otros artículos de provision se deberán poco mas o ménos, según las noticias estrajudiciales que tenemos. 200,000
Al ejército, por los dos tercios del haber que disfruta, se le deberán, según un cálculo aproximativo, por no estar formados los ajustes de todos los cuerpos. 100,000
Al mismo por el tercio rebajado en el año de 1819. 200,000
Descuento del tercio de los sueldos civiles que paga la tesorería. 18,000
1.574,953 7
Demostracion
Deudas activas. 516,509 4
Deudas pasivas. 1.574,953 7
Diferencia. 1.058,444 3

Tesorería Jeneral de Santiago, 31 de Diciembre de 1819. Rafael Correa de Saa. —Pedro Trujillo.


Núm. 862


Razon por menor de varias deudas activas de esta Tesorería Jeneral de Chile cargadas en globo en los libros del presente año de 1819, i se forma para agregar a la relacion jeneral de deudas del mismo año, sin embargo de que tambien se pondrán con igual especificacion en el libro mayor de 1820, a saber:
Por lotes de la fragata "Perla"
Pesos Rls.
Núm.. 1. Don José Trucíos debe por el lote núm. 11 de efectos de dicha fragata, que afianzó en 15 de Diciembre de 817 y a cuyo pago se escusa, esperando se le haga abono de un crédito que tiene contra el Estado. 2,496
Núm.. 2. Don Tadeo Vilugron, por resto de 22,596.7 ¾ de los lotes números 2, 4, 5 i 7 que remató i afianzó en 10 de Enero de 1818, debe i tiene ofrecido cubrir a la mayor brevedad. 1,652
Núm.. 3. Don José María García, por resto del lote núm. 17 de los mismos efectos, resta 332 pesos 1 3/4 reales que no ha enterado por no haber espendido todavía muchos de ellos i, sin embargo, ha ofrecido verificarlo a la mayor brevedad. 332
Núm. 4. Don Joaquin Larrain, por resto de una partida de vinos de la misma fragata, que afianzó en 6 de Noviembre de 817, debe 491.6 ¾ i dice tiene un decreto en que se le hizo rebaja de dicha cantidad por habérsele entregado muchas botellas rotas, cuya providencia ha quedado en manifestar para cancelarle la deuda. 491
4,973
Por efectos secuestrados
Pesos Rls.
Núm. 5. Don Tadeo Vilugron debe 5,521.6½, resto de los efectos de la tienda secuestrada a don Juan Antonio Guzman, que aquél compró i afianzó en 8 de Agosto de 1817; se le ha reconvenido muchas veces, para que venga a liquidar la cuenta, porque dice haber entregado algunos efectos de órden superior, i ha quedado él i su fiador don Fortunato Mesías en cancelar dentro de unos dias. 5,521