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SESION DE 9 DE FEBRERO DE 1820

comision que, juntando a los subastadores de diezmos, les proponga recibir víveres a cuenta de pago hasta en cantidad de cincuenta mil pesos, poco mas o ménos, segu í el presupuesto de los que se necesiten, que debe preceder, así para saber las especies admisibles como su cantidad, designándoles el lugar donde deben entregarlos, i ajusfando sus precios. Esta suma con la de la caja militar, reservada para sacarla a su tiempo de los estranjeros (si no se proporciona por el señor Diputado de Buenos Aires, como se ha ofrecido), componen la de ciento setenta mil, i ámbas trescientos setenta mil pesos. Restan, pues, a los seiscientos, doscientos treinta mil, para cuyo logro tiene V.E. entre los créditos del Estado mas ejecutivos, de plazo cumplido i de pronto reembolso:

De hacienda en común, dieziseis mil ochocientos veinticinco pesos....$ 16,825

De intereses vencidos de venta de bienes secuestrados, ocho mil novecientos nueve pesos ....8,909

De efectos secuestrados, vendidos i no pagados en su plazo, diezinueve mil ochocientos treinta i nueve pesos....19,839

De los lotes de la Perla, vendidos i aun no pagados, cuatro mil novecientos setenta i tres pesos....4,973

Del ramo de licores del año pasado, dieziocho mil trescientos cuarenta i tres pesos.... 18,343

Estas cinco partidas hacen la cantidad de sesenta i ocho mil ochocientos ochenta i nueve pesos....68,889

Para el resto a los doscientos treinta mil, que son ciento sesenta i un mil ciento once pesos, tiene V.E. los arbitrios siguientes: treinta i seis mil trescientos setenta i nueve pesos que se deben cobrar de la adjunta lista, cincuenta i un mil pesos de las ciudades del Estado, sin incluir a Concepcion, distribuidos en la forma siguiente:

La provincia de Coquimbo ...$ 30,000

La villa de Petorca...1,000

La ciudad de Aconcagua...$ 4,000

La villa de Quillota...3,000

La de los Andes...1,000

La ciudad de Valparaíso...3,ooo

La villa de Casablanca...500

La de Melipilla...300

La de Rancagua...2,000

La de San Fernando...4,000

La de Curicó...500

La de Talca...1,700

Que todo compone la suma de...$ 51,000

Cincuenta i un mil pesos, que, unidos a los treinta i seis mil trescientos setenta i nueve pesos de la citada lista, hacen ochenta i siete mil trescientos setenta i nueve pesos, i de consiguiente, solo restan a los ciento sesenta i un mil ciento once pesos, setenta i tres mil setecientos treinta i dos pesos que corresponden a esta capital i deben integrarse por el Ilustre Cabildo, distribuyéndolos entre las personas mas pudientes, enemigos de la causa o indiferentes, procurando escluir cuanto sea posible a los patriotas mas comprometidos, sin olvidar, como sucedió en la lista anterior, a todo americano, como interesado en la empresa, i a los que siendo estranjeros han obtenido carta de ciudadanía, en virtud de las que, igualados a los naturales, deben concurrir con ellos a sus erogaciones i gastos; igualmente aquellos empleados que poseen bienes fructíferos. De este modo parece al Senado se hará eficaz la contribucion. En otros términos sucederá loque otra vez, quedando muchas deudas que de nada aprovechan; i si V.E. para cada ramo nombra distintos ejecutores, así para el de Hacienda a fin de que sus Ministros no se distraigan de otras atenciones i se facilite mas pronto aquel pago, lograremos realizar con tiempo estas entradas para ocurrir a los gastos preparatorios de la espedicion por que tanto se interesan los pueblos i a cuyos recursos concurrirán gustosos a proporcion de sus deseos, que de otro modo serian efímeros e ineficaces. —Dios guarde a V.E. —Santiago, Febrero 9 de 1820. —Al Excmo. Señor Supremo Director.