Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo III (1819-1820).djvu/448

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Pesos Reales
660
7

4

cuatro zurrones añil, internados en dicho buque, a la misma consignacion. Su fecha, Diciembre 9 de 1818.
1,705
19
5
3
½
El mismo debe por derechos de dos pólizas con seis zurrones añil i veinticuatro fardos azúcar, internados en dicho buque, a la misma consignacion. Su fecha, Noviembre 28 de 1818.
13
2
1
¾
¼
El mismo debe por derechos de dos pólizas con tres zurrones chancaca, internados en dicho buque, a su consignacion. Su fecha, Noviembre 6 de 1818.
5,578
63
7
3

¼
El mismo debe por derechos de dos pólizas con cuarenta sacos algodon, ciento cuarenta i seis fardos azúcar de a cuatro panes i treinta i seis de a tres, internados en dicho buque, a su consignacion. Su fecha, Enero 14 de 1819.
147
1
5
5
¾
½
El mismo debe por derechos de dos pólizas con treinta i un zurrones chancaca, internados en dicho buque, a su consignacion. Su fecha, Octubre 27 de 1818.
130
1
6
7
¾
¼
El mismo debe por derechos de dos pólizas con tres cajones cristales, internados en la fragata Lord Lindok, a su consignacion. Su fecha, Julio 28 de 1819.
122
1
3
6
½
½
Don Cárlos Higginson i Compañía, deben por derechos de dos polizas con treinta i dos cajones clavos, internados en la fragata Lord Lindok, a su consignacion. Su fecha, Abril 24 de 1819.
6
6
½
¾
El mismo debe por derechos de dos pólizas con tres cajones de salsas, internados en dicho buque, a su consignacion. Su fecha, 18 de Junio de 1819.
6
6
¼
¾
El mismo, debe por derechos de dos pólizas con un cajón de varios planos, internados en dicho buque. Su fecha, Abril 28 de 1819.
2,064
18
3
4

½
El mismo debe por derechos de dos pólizas con varios efectos, internados en dicho buque, a su consignacion. Su fecha, Junio 5 de 1819.
35
5
4
½
¼
El mismo debe por derechos de dos pólizas con tres cajones cristales, internados en dicho buque, a su consignacion, cuyos derechos dice que debe pagar don José María Manterola. Su fecha, Julio i.° de 1819.
885
13

¼
El mismo deba por derechos de dos pólizas con varios efectos, internados en dicho buque, a su consignacion. Su fecha, Julio 16 de 1819.
163
2
1
3
½
¼
El mismo debe por derechos de dos pólizas con cuarenta i ocho cajones vidrios planos, internados en dicho buque, a su consignacion. Su fecha, Junio 1.º de 1819.
30
4
3
¾
¼
El mismo debe por derechos de dos pólizas con varios efectos de muestras, internadas en dicho buque, a su consignacion. Su fecha, Agosto 20 de 1819.
51

6
¼
El mismo debe por derechos de dos pólizas con 44 barrilitos de pintura, internados en dicho buque, a su consignacion. Su fecha, Agosto 5 de 1819.
20
3
2
¼
½
El mismo debe por derechos de dos pólizas con un barril de herramientas, internado en el bergantin Dragon, a su consignacion. Su fecha, Abril 24 de 1819.
2,335
342
3
½
¾
El mismo debe por derechos de dos pólizas con varios efectos, internados en dicho buque, a su consignacion. Su fecha, Julio 15 de 1819.
1,126
16

4
½
½
El mismo debe por derechos de dos pólizas con 9 fardos lona, internados en la fragata Luisa, a su consignacion. Su fecha, Octubre 31 de 1818.
909
10
3
5
¼
El mismo debe por derechos de dos pólizas con 43 sacos azúcar molida i 9 barriles café, internados en la fragata Luisa, a su consignacion. Su fecha, Noviembre 5 de 1818.
1,006
10
1
3
½
¼
El mismo debe por derechos de dos pólizas con 100 frascos aguardiente i cuatro cajones sombreros, internados en la fragata Will, a su consignacion. Su fecha, Setiembre 3 de 819.
761
11
4
1
¾
½
El mismo debe por derechos de dos pólizas con 80 rollos de lona de la India, internados en la goleta Liebeca, a su consignacion. Su fecha, Julio 5 de 1819.
306
4

4

El mismo debe por derechos de dos pólizas con 5 cajones en que se contienen dos mesas de billar con sus útiles, internados en la fragata Lord Lindok, a su consignacion. Su fecha, Julio 19 de 1819.
122
1
4
6

½
El mismo debe por derechos de dos pólizas con 50 canastos con botellas de aceite linaza, internados en el bergantin Tomas, procedente de Liverpool, a su consignacion. Su fecha, 5 de Junio de 1819.