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SENADO CONSERVADOR

riesgo, se atrevan a entrar en negociacion, i siendo nuestros efectos frutos del país, por consiguiente su valor i utilidad mui exigua. En esta virtud, conociendo el jeneroso carácter de V.E., i que no permitirá jamas la ruina de sus conciudadanos, a V.E. suplico se sirva concederme la gracia que solicito, o con la minoración de derechos, o con la oblacion de dos mil pesos que de contado ofrezco por la pronta salida de mi buque, cuyos gastos no puedo soportar, con protesta que el cargamento que a bordo tengo, según manifiesta la adjunta lista, no pasa ni aun llega su valor intrínseco a la cantidad de cuatro mil pesos, i con la oferta que desde ahora hago de donar gratuitamente otros dos mil a la vuelta de mi buque, que es gracia que en justicia espera, José Joaquín Larraín .


Santiago, Octubre 19 de 1819. —Pase al Excelentísimo Senado. —O'Higgins. Echeverría.


Núm. 503

Excmo. Señor:

Tengo el honor de pasar a manos de V.E. la adjunta representacion que me ha dirijido el administrador de correos para que V.E. se sirva resolver en su contenido lo que estime de justicia. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial, Octubre 21 de 1819. —O'Higgins. —Excmo. Senado del Estado.


Núm. 504

Excmo. Señor:

En uso de las facultades que me concede el artículo 5.º, título 4.º capítulo 1 de la Constitucion provisoria, he prefijado el valor de los regadores de agua del canal de San Cárlos en los precios siguientes: el de sesma en cuadro, 500 pesos; el de sesma i cuarta, 750; i el de cuarta en cuadro, 1125. Estos valores están computados según la cantidad de agua que ha de correr por ellos, guardando proporcion con el desnivel de quince pulgadas, pero con la advertencia de que solo podrán rejir hasta fines del año presente, i principiado el entrante aumentará el valor de cada uno con veinte por ciento o mas, si las urjencias del Erario así lo exijiesen. —Tengo el honor de ponerlo en noticia de V.E. para su debido conocimiento. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial, 22 de Octubre de 1819. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado.


Núm. 505


Mui señor mió i mi amigo:

Como no es fácil sacar a pulso dos dibujos idénticos, solo se trazó tino para la estampilla de las latentes en el modelo que ha pasado al Senado; i a fin de que sirva de muestra para la plancha que ha de grabarse, suplico a V. tenga la bondad de prestármelo, disponiendo igualmente de su atto, affmo. amigo i servidor que B.S.M. José Ignacio Zenteno. — Octubre 19 de 1819.


Núm. 506

Santiago, 20 de Octubre de 1819.


Mui señor mió i de toda mi estimacion:

Me tomo la libertad, prevalido de su favor, para incluirle la representacion de un infeliz que no tiene mas bienes que los que relata, i yo salgo de garante de sus proposiciones porque me consta de hecho; se prolonga mi súplica hasta el estremo de pedirle que cualquiera providencia se sirva sobrecartarla, i remitírmela con la ordenanza, pues yo no tengo quien la solicite. Dispense usted mi satisfacción i mande a su aftmo. servidor que S.M.B. José Santiago Portales.


Núm. 507

Excmo. Senado:

Los ciudadanos Francisco Ramón Vicuña i José Joaquin Larrain, con el debido respeto a V.E. esponemos: que siendo los primeros creadores de la marina mercantil de Chile, nos atrevemos, por el bien particular nuestro i jeneral de la agricultura, a hacer una espedicion a los puertos del Perú bajo la licencia del Supremo Gobierno, quien está pronto a franquearla siendo conforme a un reglamento que se ha publicado por V.E. El artículo 4.º de dicho reglamento prescribe que no debe haber distincion para este negocio entre los buques nacionales i estranjeros; pero notamos que los estranjeros partirán con tanta distincion de nuestros puertos que se irán riendo de los nacionales, porque no piensan nacionalizarse para esta espedicion ni usar patente ni bandera de la patria como, según es en nuestra noticia, trata de partir el bergantín ingles Ana: esto, señor, contemplado por V.E., trae una diferencia i distincion tan agraviante para noso