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SESION DE 14 DE SETIEMBRE DE 1819

rrió al señor Vice-Almirante de las fuerzas navales de este Estado, Lord Cochrane, el que por su decreto informativo de 8 de Setiembre que corre, es de opinion que puede zarpar el referido buque diez dias despues que lo haya verificado la escuadra de su mando, cuya determinación, exijiendo alguna esplicaeion para obrar con acierto, se representó nuevamente i el referido señor Vice Almirante providenció como aparece en fecha de 10 del corriente, que, unido al anterior, se acompaña con la debida solemnidad.

V.E. está penetrado del servicio que tiene hecho el espolíente, así como de los grandes perjuicios que ha esperimentado en tan larga detencion, que su alta benignidad hará cesar. Por lo tanto, a V.E. pide i suplica que, en vista de todo lo alegado, se sirva mandar se le espida la correspondiente licencia i pasaporte para que pueda verificar su salida del puerto de Valparaíso i dirijirse a los de Arica i demás intermedios, hasta Pisco, i desde aquél a los de cien millas a sotavento del Callao, hasta su entrada en Guayaquil, mediante a que la prohibicion de su regreso al Callao debe facilitarle las escalas que solicita o a lo ménos la de dejar su cargamento en Pisco, i tomando allí algunas botijas de aguardiente enderrotarse a Guayaquil, tínico puerto que ofrece seguridad al buque, pues el de Pisco es una rada abierta en donde ningún barco puede permanecer por estar enteramente espuesto a los riesgos elementales i políticos; gracia a que le hace merecedor la buena fe con que la impetra. —Excmo. Señor. —Domingo Espinosa.


Núm. 372

Excmo. Señor:

El sábado 25 del corriente se van a colocar las armas nacionales sobre las puertas del Palacio de Gobierno. Antes de ejecutarse este acto seria conveniente hacer una declaracion que les diese el carácter indicado. Sírvase V.E. acordar en el particular lo que juzgue necesario i avisarme su resolución. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial de Santiago, Setiembre 22 de 1819. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado del Estado.


Núm. 373

Excmo. Señor:

Tengo el honor de pasar a manos de V.E. la representacion del juez de policía urbana, que, por disposicion del Supremo Gobierno, pasó a esta Intendencia, para que, en vista del parecer del Ministerio Fiscal, se digne resolver V.E. lo que estime conveniente. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago i Setiembre 22 de 1819. José María de Guzmán. —Señores del Excmo. Senado.


Núm. 374

El cargo de juez de policía que V.S. ha puesto a mi cuidado, me hace meditar continuamente los arbitrios para su desempeño, i que se conformen con las escaseces de los fondos. La estension de la capital i su vecindario, no acostumbrado al orden en este ramo, hacen ilusorias las providencias que medito. No hai arbitrio que no haya tocado para contener los basurales que forman en las calles, en particular en pertenencias de los militares.

En los cuarteles de la escolta i guardia de honor he puesto carretones para su aseo, de orden suprema; mas ha sido infructífero, prosiguiendo en el antiguo abuso de tirarlas a la calle, ocupando semanalmente la jente del presidio en remediar este mal, sin que deje lugar a la limpieza de las calles.

Todo el mes de Julio i el presente se ha ocupado en el cuartel del número 8, en los Huérfanos, en San Diego i actualmente en sacar los inmensos rimeros que salieron del Instituto. Las carretas de la policía, que actualmente corren, son solo dos, que con economías he puesto en estado de servicio, quedando seis inútiles, que aun estando buenas no serian bastantes. La estension de la ciudad obliga al ménos a doce carretas, las que, distribuidas por cuarteles i empeñando a los inspectores i éstos a los alcaldes de barrio, podria lograrse tan útil empresa, evitando la costumbre de mantener los bueyes en las haciendas distantes, pues de este modo se pierden dos dias en ida i vuelta, dejando en inaccion la policía.

Para salvar este perjuicio, he meditado que los bueyes se mantengan todo el año en la chácra de don Manuel Velasco, obligándosele a tenerlos siempre en estado de servicio, i franqueando los suyos en caso necesario, dándole S.E. el Supremo Director un resguardo que lo ponga a cubierto de las ocurrencias de poner otros animales de cuenta del Estado, noticiando para ello al señor Intendente en caso que sea de su suprema aprobacion.

En cumplimiento de mi obligacion, debo advertir a V.S. la urjente necesidad de meditar arbitrios que reparen el mal que amenaza la corrupción que indistintamente se encuentra, sin que admita demora, proponiendo actualmente el de don Ramon Cuadra, que ofrece mil pesos de pronto en el oficio que acompaño.

V.S. deliberará lo que sea conveniente, cerciorado de que mi deseo es llenar esta obligacion en cuanto esté a mis alcances. —Dios guarde a V.S. muchos años. —Santiago, Agosto 13 de 1819. —Miguel Valdés i Bravo. —Señor Gobernador-Intendente de la capital.