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SESION DE 18 DE SETIEMBRE DE 1819
  1. de los créditos de los censos i capellanías, no beneficia a los deudores de capitales recibidos puramente a interés. (Anexo núm. 351. V. sesion de 7 de los corrientes.)
  2. De una representacion por la cual don Joaquin Tocornal espone que en Santiago paga la cuota tributaria fijada en atencion a todos los bienes que posee; i que ahora se intenta también gravarle en Talca con nueva cuota por los que posee allí.
  3. De una solicitud por la cual don Esteban Ovalle pide que, en atencion a las razones que aduce, se le exima de pagar la cuota tributaria.
  4. De otra solicitud por la cual doña Ana Josefa de Azúa pide que se le minore la cuota tributaria que se le ha fijado.

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Aprobar el proyecto que en oficio fecho a 11 de los corrientes propone el Supremo Director sobre establecimiento, con los oficiales sin colocacion, de un cuerpo de asamblea destinado a la instruccion de los cuerpos cívicos i a reemplazos en la espedicion libertadora. (Anexo núm. 352. V. sesiones del 19 de Enero de 1819 i 23 de Agosto de 1823.)
  2. Mandar que se subaste el juego de lotería, establecido en el café de don Francisco Barrios; que para la subastacion se fije como mínimum la suma de mil pesos, que ya se ha ofrecido, i que el producto se aplique al sostenimiento de la baja policía. (Anexo núm. 353. V. sesion siguiente i la del 23.)
  3. Sobre el recurso de los herederos del finado brigadier don Mateo de Toro, declarar que estando resuelto se apliquen al Fisco los bienes de personas residentes en dominios enemigos; se debe llevar a efecto la consignacion, sin perjuicio del derecho que los reclamantes alegan a pagarse de un crédito contra doña Inés, una vez que la justicia ordinaria no lo reconozca. (Anexo número 352. V. sesiones del 15 de Setiembre i 1.º de Octubre de 1819.)
  4. Sobre la nueva consulta del rector del Instituto Nacional, declarar que todo deudor de capitales recibidos a interés debe pagar el cinco por ciento, sin que le valga la excepción de estar garantidos con hipoteca (Anexo núm. 355. V. sesion del y de los corrientes.)
  5. Citar por secretaría a la sesion del 20 de los corrientes a don Alejo de Eyzaguirre, a don Manuel de Salas i a don Juan José Goicolea para tratar del establecimiento del cementerio. (V. sesion del 10 de los corrientes i anexo núm. 356.)
  6. Sobre el privilejio solicitado por don Pedro Lezica i patrocinado por nuestro representante en Buenos Aires, para el establecimiento de la ruleta, privilejio por cuya obtencion el solicitante adelantó a nuestro Enviado 10,000 pesos para el viaje de la fragata Independencia, con cargo de devolver 14,000 si no se obtenía; no aceptar la introduccion de aquel juego en Chile, i pagar a Lezica la suma estipulada, i recomendar a las autoridades que cumplan rigurosamente las leyes contra el juego i los jugadores. (Anexo núm. 357 V. sesiones del 19 i 22 de Julio i 14 de Diciembre de 1819.)
  7. Sobre la representacion de don Joaquin Tocornal, declarar que el esponente debe pagar íntegramente en Santiago la cuota tributaria que le corresponde por todos sus bienes, i en consecuencia, que la comision de la ciudad de Talca no lo gravará nuevamente por los que él posee allá.
  8. Sobre la solicitud de don Estéban Ovalle, eximirle del pago de la cuota tributaria, gravarle como empleado i comunicarlo así a la comision respectiva.
  9. Sobre la solicitud de doña Ana Josefa de Azúa, desecharla i ordenar a la suplicante que pague, en consecuencia, la cuota que la comision le fijó i escuse recursos inadmisibles.

ACTA

En la ciudad de Santiago de Chile, a dieziocho dias del mes de Setiembre de mil ochocientos