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182 HUMBERTO SALVADOR

c) mujeres empleadas en las industrias que tengan varios hijos;

d) mujeres de obreros con varios hijos;

e) las restantes afiliadas a las sociedades de seguros, y, por último, las mujeres que no pertenezcan a ninguna de estas so- ciedades.

El Nuevo Código Penal soviético, en su artículo 140 impo- ne una pena de privación de libertad o trabajo forzado hasta un año o una multa de 50 rublos, cuando la persona que ejecu- ta el aborto de acuerdo con la embarazada carece de la necesa- ría preparación médica o cuando lo realiza en malas condicio- nes sanitarias.

El espíritu de esta legislación saturada de serenidad y sabi- duría, está explicado por Protoklitof:

“Bajo el gobierno zarista, —dice—, la mujer tenía que dar a luz los hijos so pena de terribles castigos. Pero, ¿cuál era el resultado? Las mujeres abortaban en secreto. En las ciuda- des recurrían a los médicos y a las parteras particulares; en los pueblos a los curanderos. El gobierno soviético ha decidido que esto era peligroso, y hace ya seis años promulgó una ley oficial especial acerca del aborto. Con arreglo a esta ley toda mujer tiene derecho al aborto. No existe ningún castigo por ello. Tiene derecho al aborto en un hcspital sin pagar abso- lutamente nada. Pero sólo un médico puede realizar la opera- ción y la operación sólo puede ser realizada en un hospital.”

“¿Por qué ha dictado esta ley el Gobierno Soviético? ¿De- sea acaso que haya gran número de abortcs? No; claro está que no... El gobierno soviético quiere abordar el problema de muy distinta manera que el resto del mundo. Quiere des- truir las causas que hacen desear el aborto a las mujeres (por medio de la educación y el uso de los contraconceptivcs) Pero sabe que es imposible suprimir esas causas inmediata- mente. Por esta razón, el Gobierno desea que si una mujer no puede pasarse sin el aborto, éste se verifique con todas las ga- rantías de sanidad y eficacia. Y esto es sólo posible cuando el aborto se verifica en un hospital y por un médico”.

He aquí la verdadera actitud de la nueva ética sexual fren- te al aborto. Junto a estas concepciones, tan humanas y jus- tas, los artículos de nuestro Código Penaí, no sólo son grotes- cos y bárbaros, sino también ridículos. Sobre todo el 339 que