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S/RES/2093 (2013)
 

labor del equipo de las Naciones Unidas en el país y de la nueva misión de las Naciones Unidas presentando informes por escrito cada 90 días;

22.Solicita al Secretario General que lleve a cabo una misión de evaluación técnica sobre la puesta en práctica de la nueva misión de las Naciones Unidas, en plena cooperación con el Gobierno Federal de Somalia, la Unión Africana, los órganos regionales y los Estados Miembros, sobre la base de los principios rectores que figuran a continuación:

a)La potenciación de la implicación somalí en el programa de construcción del Estado y consolidación de la paz;

b)El ejercicio de la función tradicional de buenos oficios de las Naciones Unidas y el suministro de apoyo al gobierno, entre otras cosas en relación con la reconciliación, las elecciones y la aplicación eficaz de un sistema federal;

c)El suministro de asesoramiento estratégico y en materia de políticas sobre cuestiones de seguridad, estabilización, consolidación de la paz y construcción del Estado, por medios como un considerable fortalecimiento de la capacidad de la misión en el ámbito de la seguridad y el estado de derecho;

d)La vigilancia de la capacidad en materia de derechos humanos, incluida la violencia sexual basada en el género y vinculada con los conflictos y las violaciones de los derechos del niño, la presentación de informes al respecto y la asistencia para su desarrollo apoyando la aplicación de los dos planes de acción sobre los niños y los conflictos armados firmados por el Gobierno Federal de Somalia;

e)La prestación de apoyo a la labor del Gobierno Federal de Somalia para administrar y coordinar específicamente la asistencia internacional, en particular con respecto a la reforma del sector de la seguridad;

f)El suministro de un asesoramiento integrado en materia de políticas y de apoyo al Gobierno Federal de Somalia, en cooperación con el equipo de las Naciones Unidas en el país y de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 21;

23.Subraya que la nueva misión debería tener su cuartel general en Mogadiscio y que debería desplegarse en el resto del país según lo permitan las condiciones de seguridad, y solicita al Secretario General que le preste asesoramiento sobre la forma en que se protegerá la misión;

24.Solicita al Secretario General que lo informe a más tardar el 19 de abril de 2013 de los resultados de su misión de evaluación técnica, en particular sobre la división del trabajo entre las Naciones Unidas y la Unión Africana, tras lo cual el Consejo establecerá formalmente el mandato de una nueva misión política especial, y subraya que la nueva misión de las Naciones Unidas debería desplegarse a más tardar el 3 de junio de 2013;

Derechos humanos y protección de los civiles

25.Recuerda sus resoluciones anteriores 1265 (1999), 1296 (2000), 1674 (2006), 1738 (2006) y 1894 (2009), así como sus resoluciones sobre las mujeres y la paz y la seguridad, los niños y los conflictos armados, y el mantenimiento de la paz, y todas las declaraciones pertinentes de su Presidencia;