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LAS UNIVERSIDADES ARGENTINAS

en esto conformes, pero la de la Capital va más lejos, y ahí reside en mi opinión el mal.

La organización de la Universidad de Buenos Aires es, quizá, demasiado autonómica. El decreto de 36 de marzo de 1874, fué un progreso inmenso verificado sin ruido ni ostentación, pero que transformó radicalmente nuestra instrucción superior, inoculándola los más sanos principios que la ciencia aconseja. El error, pues la experiencia parece haber demostrado que hubo error, consistió en exagerar la autonomía universitaria.

Asi, las atribuciones que corresponden á las Facultades y al Consejo Superior son tan omnimodas, que más no puede ser. Libertad sin control ni responsabilidad en el manejo de sus fondos, sean rentas propias, cuando las haya, ó asignaciones del presupuesto; ilimitada facultad de elegir sus funcionarios desde el cuaternario rector y decanos, pasando por el cuerpo académico de profesores, hasta sus bedeles y porteros ; dirimir soberanamente las cuestiones referentes á colación de grados académicos y á la enseñanza ; independencia absoluta en su actitud frente á los más vitales intereses ó reclamos más justificados del país. ¿Y el Estado? Ni por casualidad se le confiere esa intervención oficiosa que es más bien cortesía que otra cosa. Y sin embargo, el Estado antes