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cadáver con velas encendidas y en especial las mujeres. En la casa mortuoria mientras esté insepulto el cadáver del hermano fallecido se colocará en un balcón de la fachada principal la pendoneta de la Cofradía.

3.º Llevar las insignias en los entierros y en los demás actos religiosos; las insignias, imágenes, pasos de Semana Santa y en general desempeñar bien cualquier cargo para el que sea nombrado.

4.º Las faltas al apartado anterior serán penadas con multas de cinco pesetas las de los entierros y con quince las de los demás actos religiosos y las de los apartados 1.º y 2.º con una peseta que tiene que pagarse en el improrrogable plazo de un mes, pasado el cual será borrado de hermano, si no se ha hecho efectiva.

Art. X. Asistir a los Cabildos.

Art XI. Obedecer a la Junta en lo que ordene acerca de la ejecución del reglamento y buen orden de la Cofradía.

Los hermanos pueden ser sustituidos en sus funciones por otro que busque al efecto para que cumpla bien su obligación, quedando responsable el sustituido de los actos del sustituido. En los entierros, puede