Página:Reglamento de la Cofradía del Santo Ecce-Homo (1928).pdf/16

Esta página ha sido corregida
– 14 –
tará las cuentas al Cabildo todos los años aprobadas por la Junta y con el V.º B.º del Presidente.—4.º Sacará dos copias de las del año que estarán expuestas al público, lo menos un mes a contar desde el día siguiente a Pascua, en la parte exterior de los canceles del Santuario y en la Iglesia parroquial.—5.º Tomará lista en todos los entierros, anotando la fata de los hermanos (cabeza de familia) residentes en Bembibre que no hayan acompañado el cadáver ni mandado persona que los represente, a los efectos consiguientes.
DEL SECRETARIO
Art. XXXI. Corresponde al Secretario: 1.º Llevar todos los libros de contabilidad del Mayordomo, haciendo cuantos escritos sean necesarios, convocatorias, listas etcétera, en general todo cuanto le ordene el Mayordomo; además llevará y custodiará el libro de actas y registro de hermanos entrantes y salientes indicando la fecha en que lo hicieron.—2.º Tomar la lisia en los entierros siempre que se lo ordene el Mayordomo, haciendo las anotaciones de las faltas de presentación que hubiere. En este