Art. 12. La escultura tiene por objeto imitar la naturaleza por medio de la
plástica. Esto es lo que se enseñará principalmente en esta escuela, empezando por copiar las estatuas de los antiguos, y síguiendo con la composición de bajo-relieves, estatuas ó grupos á imitación de aquellos, modo de trasladar de la plástica al mar- mol y madera y cuanto se conoce necesario para formar un buen escultor.
13. Los estudios elementales de esta escuela son los mismos que los de la
pintura; y por esta razón los discipulos que hayan adquirido los conocimientos necesarios, pasarán á las siguientes
CLASES. Modelo de yeso. Modelo natural. Composicion.
14.Una de las partes mas esenciales del estudio del cuerpo humano para los
pintores y escultores es el de la anatomía y proporcion. Los profesores de pintura y escultura que dirijan las clases de modelo y natural darán á sus discípulos las advertencias necesarias para el conocimiento de la osteología, biologia, y simetría del hombre , apoyando sus aserciones en dibujos de buenos autores y en los mo- delos de yeso que ecsisten en dichas clases.
CAPÍTULO 5. Escuela de arquitectura. Art. 15. Cuando la Junta acordó el establecimiento de esta escuela, se pro-
puso formar hábiles arquitectos al mismo tiempo que instruidos maestros prácticos de obras, asi que despues de haber dado á conocer la simetria de los cinco órde- nes de arquitectura según el tratado de Viñolas, se instruirán los discipulos en la proporcion y distribucion adoptada por los antiguos en los templos y demas edi- ficios griegos y romanos y por último se les enseñarán las reglas de la composicion aplicable á edificios rústicos y urbanos. Las lecciones teóricas para la construcción de toda especie de edificios se darán semanalmente segun los tratados de Vehils y otros autores modernos.
16. La enseñanza estará dividida en las siguientes
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