útiles e neçesarias, hasta en contía de çinco mill maravedís. E que bien sabía cómo Nos mandamos salir los judíos destos nuestros reygnos e les mandamos dar una nuestra carta para que quales quier bienes quellos ouiesen comprado e no oviesen acabado de pagar, quellos los tornasen a las presonas de quien así las ouiesen comprado, e las tales presonas fuesen tenidos e obligados de las reçeuir e tornarles e restituirles quales quier maravedís que en señal e pago dellas ouiesen reçeuido. Por ende que le pedía e requería en la mejor manera e forma que podía e de derecho devía que le restituyese e tornase los dichos veynte e çinco mill maravedís que así le auía[n] dado para parte de pago de las dichas casas, e le diese por libre e quito del dicho çenso, e tomase e se apoderase de las dichas sus casas segund nos por la dicha nuestra carta lo enbiáuamos mandar, la qual le fue mostrada al dicho Gonçalo del Castillo so çiertas protestaciones que en el dicho su requerimiento le hizo. El qual el dicho Gonçalo del Castillo respondió que no hera tenido ni obligado a fazer ni complir lo contenido en el dicho su requerimiento, porque aquel no hera conforme a la dicha nuestra carta, e porque la compra que de las dichas casas fizo no hera de calidad de que en la dicha nuestra carta se faze minçión, e porque el dicho hoja 1 vuelto/ Varquete no ternía ni tenía las dichas casas de la manera e forma que dél las auía comprado e porque él auía seydo compelido e apremiado a le dar las dichas casas, e él ovo de comprar otras de los mismos dineros que reçibió. E por ello no sería a él posible complir la dicha nuestra carta e, quando más, sería obligado a le dexar las dichas casas seyendo tasadas por el valor que valían al tiempo que gelas auía dado. E que sy alguna cosa fallase, que le debiese dar e pagar demás de los dichos veynte y çinco mill maravedis e le esperaría por ellos, quedando la dichas casas a ellos obligadas. E porque dezía que la dicha nuestra carta auía seydo contra él muy agrauiada e por muchas razones que della se podían colegir, e por las que entendí
Página:Registro de Ejecutorias del Archivo de la Real Chancillería de Valladolid.djvu/2
Esta página no ha sido corregida