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De la invencion retórica.

comparacion, que procurara el acusador debilitarla en todo lo posible, así en este género imporia comparar la culpa de aquel á quien se achaca la causa del maleficio con el maleá ficio mismo, demostrando que no habia derecho ni razon para castigar tan pequeño delito con uno tan grande. Finalmente, vienen, como en la comparacion, el juicio y la amplificacion.

El defensor contestará, valiéndose de los mismos lugares, á todas las razones que se hayan presentado, y comprobará su relacion, encareciendo primero la culpa y audacia de aquel á quien se refiere el crímen, y poniéndola, digámoslo así, á la vista con grandes muestras de indignacion y queja.

Demostrará que él ha sido castigado ménos de lo que merecia, y comparará la pena que se le ha impuesto, con el delito.

Debilitará con razones contrarias los argumentos que hayan sido tratados por el acusador, de tal modo, que puedan refutarse y torcerse á la parte contraria.

Aquella gravísima acusacion sobre el trastorno que se introduciria en los juicios, si se concediese á cada cual el derecho de castigar á quien no hubiera sido condenado, podrá rechazarse: 1.º, demostrando que la injuria era intolerable, no sólo para un hombre de bien, sino para todo hombre libre; 2., que era tan clara la culpabilidad, que nadie podia dudar de ella, ni áun el mismo que lo hizo;°, que principalmente estaba obligado á castigarla el que la castigó, y que no era tan recto ni honesto que aquella accion viniese á juicio como que fuese castigada en el modo y forma en que lo fué; 4.°, que siendo el asunto tan claro, era supérfluo el juicio. Aqui se probará por razones y similitudes, que hay muchas culpas tan atroces y evidentes que no es necesario ni útil siquiera esperar á que sobre ellas recaiga juicio. El lugar comun del acusador será contra aquel que, no pudiendo negar los cargos, tiene alguna esperanza en el trastorno y confusion del juicio. A esto podrá añadirse una demostracion de la utilidad de los juicios y una