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109. Penas, sus clases. — La Pena es el mal legal que el poder social impone á los que han quebran- tado las leyes. Dos son los fines de la pena: el restablecimiento del orden perturbado y la reforma del culpable.

Las penas podemos clasificarlas en corporales, privativas ó limitativas de la libertad, privativas de honores ó de efecto moral y penas pecuniarias.

I. Entre las penas corporales debemos incluir la pena de muerte, de que nos ocuparemos por separa- do, y las de mutilación, azotes y tormento que basta mencionar, desde que la justicia y la civilización, han borrado para siempre estos crueles é ¡legítimos castigos.

Il. Las penas privativas de la libertad son: el presidio, la penitenciaria, la prisión y el arresto. —El presidio tiene por base el trabajo forzado; el presi- dario está sometido á una labor ruda, constante, penosa, que ejecuta en las obras públicas: los conde- nados suelen unirse de á dos, por medio de una cade- na.—La pena de penitenciaria tiene por base el aisla- miento, el trabajo y la instrucción de los delincuentes para tratar de regenerarlos. Sin dejar de ser una pena severisima, no es tan dura y desesperante como la del presidio; se instruye á los penitenciados, se les dan hábitos laboriosos y tienen la espectativa de mejo- rar su situación con una buena conducta. — La