GRAMÁTICA CASTELLANA 7
P.—Cuándo se omite el artículo?
R.—1.* Se omite antes de nombres propios de personas en el número singular.—2.* Antes de nombres propivs de ciudades, montes, rios y meses, suele omitirse tam- bién. Se dice, sin embargo: la Rioja, el Tandil y la Habana.—3.* Cuando el nombre va precedido de pro- nombres de posesión ó demostrativos; se dice, pues, mi casa, y no le mi cusa.—4.” Cuando el nombre no se fija ni se determina, y en este caso se puede usar del artículo indeterminado; v. gr.: compré sombreros 6 compré unos sombreros.
CAPÍTULO II DEL NOMBRE SUSTANTIVO
$ I.— Del nombre sustantivo en general y su división.
P.—Qué es nombre sustantivo?
R.—Es aquella parte de la oración que sirve para desig- nar las personas y cosas; v. gr.: Pedro, Tucumán, bar- co, árbol.
P.—Cómo se divide el nombre?
R.—En común y propio.
P.—Qué es nombre común?
R.—Es el que conviene á todas las personas ó cosas de la misma especie ó clase; así, caballo conviene á todos los animales de su especie.
P.—Qué es nombre propio?
R.—Es el que conviene á una sola persona 6 cosa de-