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Impuesto de primera categoría es para las utilidades de las empresas e inversiones de personas naturales. También son llamadas rentas del capital. La tasa general de impuesto es de 25 % o 27,5 % del monto de la utilidad (vigente desde 2018 según el régimen tributario del contribuyente). Si hay pérdida, no se paga este impuesto.

Es un impuesto de declaración y pago anual. Se paga al fisco en el primer cuatrimestre del año siguiente al de la utilidad, aunque las empresas deben cancelar mensualmente una parte a cuenta, proceso denominado Pagos Provisionales Mensuales o PPM. Al final del año se calcula el impuesto anual correspondiente y a ese monto se le restan los PPM pagados. Si queda saldo a favor del fisco, este debe cancelarse hasta el 30 de abril; si, por el contrario, queda saldo a favor de la empresa, el fisco lo devuelve debidamente reajustado de acuerdo con la variación del IPC de ese lapso, en mayo o junio de cada año.

Impuesto de segunda categoría es para los ingresos de los trabajadores dependientes (los que tienen contrato de trabajo) y los pensionados. Se llama también Impuesto Único a los Trabajadores (IUT). Tiene una tasa progresiva por tramo, donde las primeras 13,5 UTM (Unidad Tributaria Mensual) de sueldos o pensiones están exentas de pago (ingresos brutos menos descuentos previsionales). Los sueldos o pensiones que superen ese monto pagan impuestos con tasas desde 4 % en el segundo tramo y que aumentan progresivamente hasta llegar al 40 % en el octavo y último tramo para ingresos sobre las 120 UTM.

PENSIONADO

TRABAJADOR JUBILADO QUE RECIBE INGRESOS Y PRESTACIONES ECONÓMICAS Y SOCIALES DE ACUERDO CON LOS MONTOS Y CONDICIONES ESTABLECIDAS EN LA LEGISLACIÓN DE CADA PAÍS.

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