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Cayo Cornelio Tácito.

€ 88 CAYO CORNELIO TÁCITOautoridad: que Italia y las provincias públicas viniesen á pedir justicia al tribunal de los cónsules, y que tocase á ellos el introducirlos y darles audiencia en el senado (1); que él no quería para sí otra ocupación que cuidar de los ejércitos que se enviasen á las provincias.» Y cumplió su palabra, porque muchas cosas se remitleron al arbitrio del senado, y entre otras, que ninguno se vendiese por dinero, presentes ó promesas para orar en favor de alguno ó defender su causa; que ni tampoco los nombrados para cuestores fuesen obligados á celebrar á su costa el espectáculo de gladiatores (2). Cosa que el senado obtuvo á pesar de Agripina, que defendió el voto contrario 80 color de que se anulaban y pervertían los decretos de su marido. Juntábanse á título de tratar de esto en palacio los senadores, para que dando muestras de tener cerradas las puertas, pudiese asistir ella sin ser vista, y oir por detrás de una cortina lo que se tratase; y hasta una vez, orando los embajadores de Armenia sobre cierta causa de su gente ante Nerón, ella se iba á subir al mismo asiento imperial con intención de presidir juntamente con él en este acto; y lo hiciera si Séneca, viendo á los demás turbados y medrosos, no hubiera advertido á Nerón que saliese (1) Estableció que los cónsules introdujesen al senado á los que viniesen de las provincias á pedir justicia. Esta oración de Séneca fué tan agradable á los senadores que, como dice Jifilino, se esculpió en una columna de plata, y se leía todos los años al tomar posesión los cónsules; ni era este modo de decretar nuevo en el senado: lo único que había de singular era esculpirlo en plata, pues siempre, aun las oraciones de los príncipes, se esculpían en bronce y se leían en las calendas de Enero.—LIPSIO.N. de la E. Ecual por (2) Alude á la abolición del decreto de Claudio, de Dolabela estableció que se celebrasen los juegos gladiatorios todos los años con el dinero de los que conseguían la cuestura. Este decreto de Nerón lo abolió por la segunda vez Domiciano.—LIPSIO.—Ibid.