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XXIX
PRÓLOGO

predecesores y en el suyo, y que se observe asimismo el ordenamiento que para los hijosdalgo habia hecho en aquellas mismas cortes, y puesto al fin del suyo, que son las leyes hechas en las cortes de Náxera el año de 1138; y finalmente que si se ofreciere diticultad sobre la inteligencia de las leyes, manda que se acuda al rey, á quien toca hacer la declaración conveniente quando haya contrariedad entre ellas ú obscuridad en su extensión. De las expresiones con que en esta ley se hace la promulgación de las Partidas mandándolas observar, como quier que no se hallaba que hubiesen recibido sancion de ningun monarca, y de su uso precedente, evidentemente convencido, formábamos la conjetura, que solo como tal proponemos, de que en alguna manera se vió ya precisado don Alfonso XI á darles la sanción legal que les dió, y a señalarles el lugar que pudo, ó el que les correspondia: mas sea como fuere, lo cierto es que de él recibieron por la primera vez la autoridad pública de que despues han gozado siempre. Aunque dice que las mandó concertar y enmendar en algunas cosas que cumplian, no se entienda que hizo en el texto de las Partidas notables alteraciones, porque habiéndose tenido presentes para esta edicion códices de diversos tiempos, algunos de los quales son conocidamente anteriores al mismo rey don Alfonso XI no se ha advertido entre ellos diferencia en cosa sustancial. Lo que se colige del modo mismo con que se explica la ley, es que ya entonces debian de correr copias considerablemente viciadas por negligencia de los amanuenses. ¿Pues de qué nace preguntará alguno la diversísima leccion y numeracion de leyes que cotejada con el que ha servido de original, se advierte en los códices Toledano 1, Escurialense 1 , 2 y 4, Biblioteca Real 2 y 3 desde el principio hasta gran parte del tít. IV de la Partida I, como que ha sido preciso poner uno y otro texto en esta edicion? No es fácil dar una respuesta que satisfaga; nos parece ser lo que mas se aproxima á la verdad que estas leyes saldrian como las ponen estos códices en el primer borrador que se hiciese de la compilación de las Partidas: la que después como sucede, se iría mejorando y aumentando hasta tomar la forma que tiene en el que la Academia ha creido ser su verdadero texto y y también puede ser que habiendo alguno copiado las Partidas para su uso se contenta-