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LIBRO II.

al rey e quinientos al desonrado. E sil feriere de guisa que non pierda mienbro, peche dos mil sueldos los mill al rey e los mill al ferido. E sil feriere[1] de que pierda mienbro, peche tres mill sueldos, la meatad al rey e la meatad al ferido. E si lo matare, peche cinco mill sueldos los tres mill al rey e los dos mill a los herederos del muerto. E los que desonraren o federen o mataren en los terminos sobre dichos, que non sea dentro en la villa o en logar poblado ó el rey fuere, o si fuer en hueste que no sea otrosi dentro en la albergada, mandamos que aya tal pena como dixiemos de suso. E demas porque el fecho serie cerca del rey por la osadia que fizo, peche quinientos mrs. los trezientos al rey e los dozientos al que recebio la desonra o el daño, o a sus herederos si aquel murier. Mas si esto fuer fecho dentro en la villa ó el rey fuere, o en otro logar poblado, o en albergada si fuere en hueste o en otra posada fuera de poblado en tiendas, o dotra manera maguer en hueste non sea, peche la pena doblada que desuso dixiemos de los quinientos mrs. el que lo feziere demas de la otra pena sobre dicha. Otrosi mandamos que quien desonrare alguno en casa del rey o en las tiendas o en otro logar ó posare, maguer el rey non sea delante, quel peche la caloña de la desonra e al rey por la osadia mill mrs., e destos mrs. aya el desonrado la tercia parte. E si non oviere de que los peche sea su cuerpo a merced del rey. E quien sacare arma contra alguno en los logares sobre dichos e non riera con ella peche mill mrs. al rey. E si non ovier de que los peche pierda la mano. E quien ferier a otro o bolvier pelea de que venga a feridas, maguer el rey non sea delante, muera por ello. Enpero si rico ome fuer tomel el rey lo que toviere, e echelo del regno. Quien y matare, muera por ello, e pierda la meatad de lo que oviere e sea del rey. Quien desonrare alguno de palabra antel rey pechel la calopña de la desonra al que desonró, e desdigase del mal que dixo si non fuer cosa que diga en razon que faga al pleito. E peche demas por la osadia al rey dos mill mrs., e destos mrs. aya la tercia parte el recebiente, e si non ovier de que los peche sea su cuerpo a merced del rey. Quien sacare arma contra otro antel rey maguer non fiera con ella, pierda la mano. Quien feriere alguno antel rey o bolviere pelea de que venga a feridas antel, muera por ello, e pierda lo que oviere e sea del rey. E esta emienda e esta onra mandamos que ayan todos aquellos que recebieren alguna desonra o algun daño destos logares sobre dichos, demás de la que deven aver segunt mandan las leyes. E esto por onra del rey e de la corte.

  1. f. de guisa.