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ADVERTENCIA.


Habiendo acudido la Real Academia de la Historia al Rey nuestro Señor solicitando que se autorizase su edición de las Partidas para el uso de los tribunales del reino, S. M. se dignó mandar que la examinase y calificase una junta, compuesta del Excmo. Sr. D. Juan Pérez Villamil, consejero de Estado, del Ilmo. Sr. Don Manuel de Lardizabal, del Ilmo. Sr. D. Josef María Puig. del Sr. D. Nicolás de Sierra, ministros estos tres últimos del consejo real, y del Sr. D. José Hevia y Noriega, fiscal del mismo consejo y de la cámara. Por la ausencia que sobrevino del Excmo. Sr. D. Juan Pérez Villamil fue nombrado de real orden el Sr. Don Ramón López Pelegrin, ministro del mismo supremo consejo; y la junta continuó en el desempeño de su comisión, aunque con la desgracia de haber fallecido el Sr. D. Nicolás de Sierra poco antes de concluirse. Finalmente la junta consultó su dictamen al REY nuestro Señor; y S. M. conformándose con él, se ha dignado autorizar la edición académica para que se use de ella en los tribunales de estos reinos indistintamente, y como se usa de la publicada por el licenciado Gregorio López, que se autorizó exclusivamente desde su publicación en el año de 1555. Asi consta de los dos documentos siguientes: