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EN GLORIA Y MAGESTAD
ARTICULO I.
Exámen del primer punto.

66. ¿La Iglesia ha decidido ya este punto? ¿Ha condenado á los Milenarios? ¿Ha hablado sobre este asunto alguna palabra? Esta noticia, que no hallamos en autores graves y de primera clase, por ejemplo, en los citados poco ha, la hallamos no obstante en otros de clase inferior: los cuales por el mismo caso que son de clase inferior, ya por la precio intrínseco, ya por su poco volúmen, andan en manos de todos, y pueden ocasionar un verdadero escándalo. Entre estos autores, unos citan un concilio, y otros otro. Los mas nos remitan al concilio romano, celebrado en tiempo de S. Dámaso. Empezémos aquí.

67. S. Dámaso celebró en Boma, no uno solo, sino cuatro concilios. ¿En cual de ellos se decidió el punto de que hablamos? Las actas de estos concilios, en especial de los tres primeros, las tenemos hasta aora, y se pueden ver en Labbé, en Dumesnil, en Fleuri, &c. El primer concilio de S. Dámaso fué el año de 370, y en él se condenó á Ursacio, y á Valente, ostinados y peligrosísimos Arrianos. El segado fué el año de 372, y en él fué depuesto Aiuxencio de Milán, antecesor de S. Ambrosio, y se decidió la consustancialidad del Espíritu santo. El tercero fué el año de 375, y en él se condenó á Apolinár y Timoteo, su discípulo, no por Milenarios, que de esto no se habla una sola palabra, sino porque enseñaban, que Jesucristo no habia tenido entendimiento humano, ó alma racional humana; sino que la divinidad habia suplido la falta del alma. Item: porque enseñaban, que el cuerpo de Cristo ella del cielo; y por consiguiente de naturaleza diversa de la nuestra; que después de la resurreccion este cuerpo se habia disipado, quedando Jesucristo hombre en apariencia, no en realidad. El cuarto concilio fué el año de 382, de cuyas actas 'no consta absolutamente, como dice Dumesnil, y lo mismo