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La ciudad de Dios

otras bajo el inmenso golfo de las aguas, pagan la culpa contraída ó se la acrisolan con el fuego». Los que son de esta opinión no quieren que después de la muerte haya otras penas que las purgatorias, de suerte que porque el agua, el aire y el fuego son elementos superiores a la tierra, quieren que por alguno de éstos se purifique mediante las penas expiatorias ó purificatorias, lo que se había contraído del contagio de la tierra.

Porque el aire se entiende en lo que dice tendidas y colgadas al viento, el agua en lo que dice debajo del inmenao golfo del mar, y el fuego le declaró por su nombre propio, cuando dijo ó se la acrisolan en el fuego.

Pero nosotros, aun en esta vida mortal, confesamos que hay algunas penas purgatorias, no con que sean afligi—dos aquellos cuya vida con ellas ó no se mejora, ó por mejor decir, se empeora y relaja más, sino que son purgatorias para aquellos que, ostigados y refrenados con ellas, se corrigen, moderan y enmiendan. Todas las demás penas, ya sean temporales ó eternas, conformes cada uno La de ser tratado por la Providencia divina, se aplican, ó por los pecados, ya sean pasados, ó en los que aun vive el paciente, ó por ejercitar y manifestar las virtudes por medio de los hombres y de los ángeles, ya sean buenos, ya sean malos. Pues aunque uno sufra algún mal por yerro ó malicia de otro, aunque es positivo que peca el hombre que damnifica á otro por ignorancia ó injusticia, mas no peca Dios que permite se haga con justo, aunque oculto y secreto juicio suyo. Sin embargo, las penas temporales, unos las padecen solamente en esta vida, otros después de la muerte, otros ahora y entonces, pero todos antes de aquel severísimo y final juicio. Mas no van á las penas eternas que han de tener después de aquel juicio todos aquellos que después de la muerte las padecían temporales, porque á algunos lo que no se les perdonó en la vida presente, ya