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San Agustín

se. Y con este entredicho y clausura se le prohibe al demonio y se le veda el engañar y seducir á aquellas gentes que, perteneciendo á Cristo, engañaba ó poseía antes, porque á éstas escogió Dios y determinó (1), «mucho antes de crear el mundo sacarlas de la potestad de las tinieblas y transferirlas al reino de su amado Hijo», como lo dice el Apóatol. ¿Y qué cristiano hay que ignore que el demonio no deja de engañar al presente á las gentes, llevándolas consigo á las penas eternas, pero no á las que están predestinadas para la vida eterna? No debe movernos que muchas veces el demonio engaña también á los que, estando ya regenerados en Cristo, caminan por las sendas de Dios (2), «porque conoce y sabe el Señor los que son suyos». Y de éstos á ninguno engaña de modo que caiga en la eterna condenación; mediante á que á éstos los conoce el Señor, como Dios á quien á nadie se le esconde ni oculta, aun de lo futuro, y no como el hombre, que ve al hombre de presente, aunque ve aquel cuyo corazón no ve; pero lo que haya de ser después, ni aun de sí mismo lo sabe.

Está atado y preso el demonio y encerrado en el abismo para que no engañe las gentes, de quienes como de sus miembros consta el cuerpo de la Iglesia, á las cuales tenía engañadas antes que hubiese Iglesia, porque no dijo para que no engañe á alguno, sino para que no engañe ya á las gentes, en las cuales sin duda quiso entender la Iglesia, hasta que finalicen los mil años, esto es, ó el remanente del día sexto, el cual consta de mil años, ó todos los años que en adelante ha de tener este siglo.

Tampoco debe entenderse lo que dice «para que no engañe las gentes hasta que se acaben los mil años, (5) San Pablo, ep. á los Ephes., cap. I, v, 4.

(2) San Pablo, II ep. & Timotheo, cap. II.