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LA CAMPAÑA FEMINISTA EN LA ARGENTINA


Art. 8º — Cuando por convenio expreso, uno de los dos cónyuges asuma la administración del total de los bienes, estará obligado a informar al otro rle la marcha de los negocios y la inversión de los fondos.

Art. 9º — La mujer, sin necesidad de autorización del marido podrá girar sobre sus haberes, tener libreta de banco y ser socia de sociedades cooperativas y de socorros mutuos.

Art. 10º — La mujer divorciada, en todos los casos, podrá disponer del total de sus bienes, comprendiendo en éstos los que le corresponden como gananciales. Si hubiere hijos, se fijará la cuota — igual para ambos — con que deban concurrir a sufragar los gastos de manutención, vestuario, educación, etc.

Art. 11º — Mientras se substancia el divorcio, y una vez decretado éste, si no hay causa infamante o excepción legal para la madre, los hijos deben quedar bajo su tutela.

La mujer mayor de edad, soltera, viuda o casada podrá ser tutora.

Art. 12. — La mujer podrá ser testigo de los instrumentos públicos y de los testamentos, en las mismas condiciones que el hombre.


En 1905 fúndase el Centro Feminista cuyo programa es inspirado en el deseo de conseguir para la mujer reformas de códigos y leyes, proponiéndose ampararla en todo momento que sea necesario.

Así no es raro que en 1910 tome por suyo el anterior articulado, lo someta a estudio de una comisión de abogados, y lo entregue al doctor A. Palacios para que lo presente al Congreso, aunque ya muy mutilado por la Comisión, quien encontró demasiado amplio mi pedido, cuya justicia no desconocía, y prefirió suprimir artículos que vulneraba intereses masculinos.

A este mismo Centro, aunque ya bajo el nombre de Juana Manuela Gorriti, cúpole la tarea de luchar por la creación del «Hogar Maternal», que hasta hoy no ha podido ser realizado tal como lo concibiera su autora, quien pretendía salvar con él, un gran vacío en la previsión social y proteccióu a la maternidad.

Emprendió también una campaña pidiendo mejoras en el trato dado a los conscriptos, y previsiones para salvaguardar la vida y salud de éstos.

En Noviembre de 1918 y a raíz de la descollante actuación de las mujeres de las naciones en guerra y de los homenajes y derechos que tan noble y valerosamente conquistaran, fúndase aquí el Centro Unión Feminista Nacional, — «Para afrontar el problema de la emancipación civil y política de la mujer y la defensa ele su situación económica, para lo cual apoyara el importante proyecto sobre emancipa-