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EPIST. I. DE S. PABLO A LOS CORINTHIOS.

como yo mismo, esto es, célibes; mas cada uno tiene de Dios su propio don, quién de una manera, quién de otra.

8 Pero sí que digo á las personas no casadas y viudas: bueno les es si así permanecen, como tambien permanezco yo.

9 Mas si no tienen don de continencia, cásense. Pues mas vale casarse, que abrasarse [1].

10 Pero á las personas casadas, mando, no yo, sino el Señor, que la muger no se separe del marido:

11 que si se separa por justa causa, no pase á otras nupcias, ó bien reconcíliese con su marido. Ni tampoco el marido repudie á su muger [2].

12 Pero á los demas digo yo mi dictámen, no que el Señor lo mande. Si algun hermano tiene por muger á una infiel ó idólatra, y esta [3] consiente en habitar con él, no la repudie.

13 Y si alguna muger fiel ó cristiana tiene por marido á un infiel, y este consiente en habitar con ella, no abandone á su marido;

14 porque un marido infiel es santificado por la muger fiel, y la muger infiel santificada por el marido


  1. En el fuego de la torpeza. Y si han hecho voto de castidad, tienen el remedio en la mortificacion dela carne, y en la oracion.
  2. Y en el caso de separarse justamente de ella, no pase á casarse con otra.
  3. Salvo el honor de la religion del marido.