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terror, y facilitándoles el contagio con la putrefacción de los cadáveres que permanecían en las salas hasta el día siguiente.

El Cirujano Manuel Esponda, que desde 1792, estaba á cargo del servicio médico-quirúrgico del hospital de Valparaíso, se queja al gobierno, con fecha 20 de Setiembre de 1798, de que la ropa de los tísicos es utilizada en otros enfermos, ó en vendas é hilas para las curaciones.

En 1788, se reglamentó el que los médicos y cirujanos diesen cuenta á las autoridades, de los fallecimientos por enfermedades contagiosas, so pena de 50 pesos de multa por la primera omisión y con privación del ejercicio profesional en caso de reincidencia.[1] Se especificó también un régimen sobre aseo de poblaciones y sobre uso y ubicación de cementerios. Este reglamento fué ratificado por Carlos IV, el 28 de Julio de 1789 [2]


Con fecha 20 de Junio de 1797, se publicó en Chiloé un Bando sobre salud pública y policía sanitaria, con extensas reglamentaciones, de cuyo original tomamos el siguiente acápite: [3]

«Enfermedades contagiosas.—Art. 22.—Que los médicos de esta Provincia den puntual cuenta por escrito á este Govierno, luego que fallezca cualquiera persona á quien hubiesen asistido de enfermedad contagiosa ética, ó tísica, para que comisione y mande á quien le pareciere que proceda á hacer quemar las ropas y muebles contaminados, y tome las precauciones convenientes para evitar que se propague el contagio, y padezca la salud pública, cuya precaución deben tomar los jueces territoriales, donde no haya médico ó cirujano, cuando ocurran fundadas sospechas haber muerto alguno de contagio so pena de ser multados en la tercera parte de sus sueldos, por cada omisión en tan estrecho encargo.»

Las siguientes frases expresan las ideas imperantes sobre higiene y salubridad:

«En las admirables páginas que ha consagrado Buckle al estudio de la civilización española en el siglo XVIII—dice el Dr. Orrego Luco—[4] encuentra Ud. la prueba incuestionable de que, por grande y hasta increíble que fuera nuestro atraso, la España no se encontraba á mayor altura á este respecto.

Habían trascurrido ciento cincuenta años después de la

  1. Bando del Marquez de Vallenar, don Ambrosio O'Higgins.
  2. Cedulario de la Biblioteca Nacional.
  3. Bando de buen gobierno, del gobernador de Chiloé don Antonio Montes de la Puente, dado en la ciudad de San Carlos, el 20 de Junio de 1797.
  4. Carta del Doctor Augusto Orrego Luco, al Dr. Ignacio de la Puente secret. de la Soc. Méd. de Lima.—Doc. cit.