las costas ó riberas de la mar della fortalezas, de trecho á trecho, y que estuviesen hasta 30 hombres en ellas con muchos rescates y cosas de Castilla para trocar por oro y plata y perlas y piedras preciosas, y en cada una ciertos religiosos que tractaran de la predicacion del Evangelio, con lo cual se hobiera todo cuanto oro y cosas de valor los indios tuvieran, y cobraran con ellos amor y amistad, y ganaran las voluntades, y á sus tiempos hicieran fortalezas dentro de la tierra, y desta manera se supieran todos los secretos della, y con la industria y diligencia y obras de los religiosos las gentes se fueran convirtiendo, y, por consiguiente, confirmando en el amistad de los españoles, y de allí haber cognoscimiento de la bondad y justicia del Rey, y fácilmente se pudieran ganar y atraer á que de su popria voluntad se le subyectaran y dieran, sabiendo lo que hacian, la obediencia. No se podrá encarecer cuántos tesoros temporales por esta vía se hobieran, y, lo que más es, cuán fácil fuera la conversion de todas aquellas inmensas naciones, sin que una ni ninguna fuera injustamente muerta, y cuán felice hoy y siempre España fuera; pero no fuimos dignos de tan precioso é inestimable bien. La causa desta indignidad fué, y siempre ha sido, algunos tiempos mayor y otros menor, la ceguedad é insensibilidad, y no sé si les será imputada en el juicio terrible de Dios, del Consejo del Rey, por señalada é inícua maldad en no haber tenido por hito y blanco, como fin principal á que todas sus obras y ordenaciones, leyes y mandamientos, y determinaciones se habian de ordenar y enderezar, la conversion y utilidad espiritual y temporal de aquellas gentes, y no en adquirir hacienda para el Rey é para sí ó para sus parientes y amigos. Y pluguiera á Dios que con verdad procuraran el provecho y allegamientos de la hacienda real, pero ni áun ésta procuraron sino de voz y de palabra, permitiendo Dios que, pues no procuraban por su honra y predicacion de su ley y por la salud de las ánimas, que así se gastasen, que no cayesen en la forma y sustancia de la buena gobernacion que en estas Indias eran obligados á poner, ni en cosa á ella conveniente acertasen, y ésta no
Página:Historia de las Indias (Tomo IV).djvu/396
Esta página no ha sido corregida
382
Historia