Página:Historia de las Indias (Tomo IV).djvu/355

Esta página no ha sido corregida
341
de las Indias.

llevan su parte de aquello mal adquirido, pecan mortalmente y están en estado de eternal dañacion. Y, cierto, es así, porque aquellos eran los verdugos crueles que inmediatamente destruian y destruyeron todos, los indios destas islas, por las crueldades con que los tractaban, dándoles incesables trabajos, y con ellos azotes y palos, y con otras mil maneras de vejaciones, y así fué, y es donde aún en estas Indias los hay, á estima y dicho de todos, el más infame género de hombres que jamás se cognosció, que parece que Dios, por su divino juicio, quiso en pago de su impiedad hacellos á boca y estima de todos vituperables y menospreciables. Dió el dicho Padre otra razon de su mal estado, porque trayendo mujeres indias en los trabajos se ponian en peligro de pecado mortal, y, por consiguiente, pecaban mortalmente solamente por ponerse á peligro de con ellas pecar, cuanto más que nunca estaban sino amancebados, no con una sino con muchas, donde no faltaban feísimos adulterios y otras especies de aquel pecado. El cuarto género de hombres, que aquel modo de gobernar los indios, encomendándolos á los españoles, ponia en estado de pecado mortal, era los confesores, porque ninguna duda hay que el confesor que absuelve al que tiene oficio de pecado mortal, no lo dejando, y por él está en estado de dañacion, que peca mortalmente, y no enmendándose sino que está aparejado para los tales absolver, que está en mal estado; pues muchos confesores, y áun todos en aquel tiempo, absolvian á los gobernadores y á los comenderos, y á los mineros y estancieros, sin escrúpulo alguno, cuantas veces querian, sin los unos ni los otros tener propósito ni pensamiento de se enmendar, luégo los confesores de los tales pecaban mortalmente y estaban en estado de pecado mortal. Todo ésto trujo el dicho padre fray Bernardo, para cumplir con la primera cuestion, que fué, ser aquel repartimiento ó encomiendas de indios á los españoles pésima é inícua gobernacion y digna de fuego eternal. A las otras dos cuestiones respondió docta y cristianamente, probando, que ni con las leyes que se hicieron el año de 12, ni con las que demás se pudiesen hacer, por