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de las Indias.

indios se puedan encomendar á los cristianos, á la manera que los tienen en la Española;» por manera que si no se huyeran permanecieran siempre en aquel infierno, y no fuera dudoso ni dificultoso encomendallos á los verdugos. Bien habian entendido los del Consejo el derecho que los Reyes tenian á estas Indias, y cuál era la justicia que debian de guardar á los Reyes y señores naturales de estos reinos, y á los pueblos y á sus vecinos indios. Síguese más en lo que añidió el Rey, «y á esta causa parece que sería mejor, que por vía de paz y de concierto, que los que quisieren estar en paz etc., nos sirviesen con cierto número de personas», conviene á saber, en el pescar con redes el oro, ó cavándolo en las minas, como allí parece. Esta segunda manera de disponer de los indios era ménos injusta que las de las encomiendas, puesto que contenia mucha injusticia, si sabiendo el Rey los agravios, muertes y robos y captiverios que el Vasco Nuñez y su compañía, y los otros ántes dellos, habian cometido por toda aquella tierra, sin satisfacerles les impusiera cualquiera servicio; esta satisfaccion no pudiera el Rey hacer aunque vendiera á Castilla, si ellos no lo remitieran, segun la destruccion que habian hecho los susodichos, y baste que todos los vecinos de aquellas provincias tenian contra los españoles, desde el tiempo de Hojeda y Nicuesa, guerra justísima. Item, contuviera alguna injusticia, aunque cesaran los agravios y daños é inconvenientes dichos, porque hacer servir personalmente en sacar oro, ó en otros trabajos para los reyes de Castilla, el tercio, ó cuarto, ó quinto de la gente de la tierra, siempre, ni justicia ni razon lo sufria. Fué la tercera manera de disposicion ó gobernacion, que el Rey mandó á Pedrárias que pusiese á los indios en la tierra firme, si las dos precedentes no se pudiesen asentar, conviene á saber: «Que cada pueblo, ó cada Cacique ó señor, segun el número de la gente tuviere, pagase cierta cantidad de pesos de oro, cada mes, etc.» Aquesta manera, no habiendo rescibido los indios los daños irrecuperables dichos, sino traidos por bien, amor y mansedumbre á vivir en paz y amistad con los españoles pudiérase justificar