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de las Indias.

diligencias que siempre mandó hacer y juntas de letrados, como queda en los capítulos arriba declarado, para cualquiera de los dos fines, conviene á saber, la conversion de aquellas gentes, ó para que viniesen á su obediencia temporal; bien mandaba en la Instruccion que trabajase Pedrárias por todas las vías y maneras, y procurase que los indios por buenas obras fuesen atraidos á estar en amor y amistad con los cristianos, no consintiéndoles hacer mal ni daño, y, cierto, si así se hiciera, los indios no hubieran todos perecido, y aquellos reinos no estuvieran despoblados, y el Rey tuviera hoy hartos y áun inestimables provechos y riquezas temporales, más que tiene ni terná. Fué tambien provision conveniente y necesaria de que se les guardase la fe y palabra sobre lo que con ellos se asentase, para ponerlos en confianza de la verdad de los cristianos; sabia ya bien el Rey cuánto cerca deste artículo los españoles á estas gentes habian faltado, porque, por maravilla, y creo que podria decir que nunca, se les guardó fe ni verdad jamás, ántes infinitas veces, sobre seguro é habiéndoles asegurado, los saltearon, captivaron y mataron. En el segundo capítulo de la Instruccion bien se proveia, mandando que por ninguna cosa se les hiciese guerra, si no fuesen primero ellos los agresores, supuesta la ceguedad y error en que los del Consejo, como dije, estaban, creyendo que se les podia hacer guerra si no viniesen por bien á la obediencia del Rey, y que ántes de romper con ellos les hiciesen requerimientos una y muchas veces, en lo cual honra y provecho se les hacia, y con ellos en esto de benignidad se usaba; pero áun todavía, supuesto el dicho error que por no venir á la obediencia de los reyes de Castilla se les hobiera de hacer justa guerra, debieran de considerar los que al Rey aconsejaban, cuáles habian sido las obras de los españoles por estas islas, y preguntar cómo se habian habido Cristóbal Guerra, y Hojeda, y Nicuesa, y ultimamente Vasco Nuñez y sus secuaces, con los indios del Darien, y con los demas de aquellas provincias que estaban quietos en sus tierras y casas. Y estas obras el Rey, ó al ménos el Consejo, no las ignoraba, pues por aquel tiempo ya estas islas cuasi