CAPÍTULO XIX.
Por esta carta ó cartas del rey D. Juan, parecerá bien la gana que el Infante y Rey de Portugal tenian de haber las islas de Canaria, y tambien los demasiados descomedimientos, agravios, robos y violencias y tiranías, que hacian á los castellanos, ansí los que no tenian que hacer en las dichas islas, como á los que en ellas vivian, y á ellas iban; tambien parece la modestia grande, y comedimientos virtuosos y reales, que el rey de Castilla, con el rey de Portugal y con el Infante su tio y con todo su reino, hizo. Bien es de creer que si tan presto no sobreviniera la muerte al rey D. Juan de Castilla, porque no vivió despues de firmada esta carta sino tres meses justos, sin un dia más ni ménos (porque murió á veinte y un dias de Julio, víspera de la Magdalena, del mismo año de mil y cuatrocientos y cincuenta y cuatro), que hobiera grandes pendencias entre Castilla y Portugal sobre el señorío de las dichas islas; pero muerto el rey D. Juan de Castilla, como sucedió el rey D. Enrique IV, deste nombre, su hijo, y tuvo tantas inquietudes y fatigas en estos reinos, y despues casarse con la reina Doña Juana, hija del rey Duarte de Portugal, hermana del rey D. Alonso, á la cual trajo á Castilla D. Martin de Taide, Conde de Tauguía, en remuneracion del servicio que le hizo en traerle la Reina, le hizo merced y donacion (segun dice la Historia portoguesa) de las dichas islas, y ansí parece que por aquellos tiempos no hobo lugar de reñir los reyes sobre el señorío y posesion dellas. Dice más, la Historia portoguesa, que el dicho Conde de Tauguía las vendió al Marqués don Pedro de Meneses, el primero, segun dice, deste nombre, y el Marqués al infante D. Pedro, hermano del mismo rey D. Alonso, y el Infante envió á Diego de Silva, que despues