Página:Frontera, sociedad y justicia coloniales.djvu/80

Esta página no ha sido corregida

FRONTERA, SOCIEDAD Y conducente al desempeño de sus respectivas atenciones. Mas si tan beneficiosas miras experimentaren tan contraria suerte, yo no formara empeno de llevarlasadelante contentandome con el abono de ‘aos costos y gastos impedidos en los alimentos y crianza (...) Ninguno se presume tan prbdigo de sus intereses quelquiera erogarlos, sin esperanza de compensación. El que se. dedica a la crianza de una nina o nino, especialmente desde los primeros instantes, que nacio al mundo y procede con la esperanza por lo menos de ser correspondido con servicios del mismo beneficiado, cuando no se prometa otras demostraciones de mas alto reconocimiento. Y asi si antes de alcanzar esta compensación se extraen los parbulos nada es mas Justo conforme a equidad que la reintegración de costas por los pretensores de la extraccion (...) y aunque expone que estoy suficientemente compensada con los servicios que ella labro estando en mi casa (...) si hizo algun servicio nada mas ejecuto que corresponder a los beneficios que la dispensaron y desvelos que me costaba su conservacion para mantenerla entre mis domesticos con los menos posibles perJicios que su conducta amenazaba (...) Sentencia: Por el derecho de la madre legitima se autoriza a Juana Maria para la pretension (...) que la retencion se hace con el expreso objeto de disfrutar del servicio personal (...) del que no podia gozar aunque la hubiese habido en repartimiento hecho por Juez competente (...) que esta prohibido, que los indios deben gozar de entera libertad y que, en esta conformidad estan exentos de servicio personal. ' (S.M.)