adelante el plan de poblamiento de la frontera Sur. En los últimos años tanto en la visión de los economistas neoclásicos como los marxistas, el análisis de los derechos de propiedad ha cobrado importancia en relación consu vínculos con la Sociedad y el Estado. Para los neoclásicos los derechos de propiedad y la seguridad jurídica que acompaña a los mismos se basan en lo que tradi- cionalmente ha condicionado el funcionamiento y/o el crecimientodela econo- mía: Son los denominados «incentivos» que fomentan o desalientan la parti- cipación de determinados sectores sociales dentro de cada actividad económi- ca. Estos incentivos son los mayormente considerados dentro del costo de oportunidad, entendiendo el mismo como el costo de abandonar una actividad por otra y que en nuestro trabajo cobrará importancia al analizar quienes serán aquellos que se vuelquen a la producción ganadera“. De esta forma, tanto los ahorros y la ¡nversiónen capital humano como la invención y la innovación, quedaron ¡n■uidos aunque no determinados, por la forma en que la sociedad criolla estableció a través de un proceso histórico los derechos de propiedad. En este contexto cuando el Estado estableció la forma de acceder a derechos de propiedad sobre tierras públicas estaba incentivando la inversión de capitales y recursos humanos sobre las mismas.“ Consideramos de suma importancia establecer cómo y de qué forma se construyó la racionalidad del esquema legal de acceso ala propiedad de la tierra desde el Gobierno de Buenos Aires entre 1810 y 1822. AI analizar cómo y quiénes fueron seleccionados o determinados como los principales interesados en obtener tierras públicas desde el poder politico de turno y la aplicación de estas reglas en la región Sudeste de Ia Provincia de Buenos Aires podremos ver si los mismos respondieron a las expectativas creadas. Desde esta perspectiva consideramos que las disposiciones referidas a la tierra pública fueron cambiantes e imprecisas y signadas por la política del momento ya que cada acto de gobiemo implicó el proceso de selección, al menos en su esquema teórico, que permitió el usufructo de lastierras sobre una base de legitimidad en los derechos de los interesados. Esta legitimidad no pudo fundarse sobre los ■nes del régimen económico y político del Virreinato basados en el mercantilismo y la monarquía y poresto se requirió del diseño de una nueva 11 herramienta para entender de que forma- la sociedad criolla pensó y llevó
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