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PRIVILEGIO

Por cuanto por parte de vos, Miguel de Cervantes Saavedra nos fué fecha relación que habiades compuesto la segunda parte de DON QUIJOTE DE

LA MANCHA , de la cual haciades presentacion, y por ser libro de historia agradable y honesta y haberos costado mucho trabajo y estudio, nos suplicastes os mandasemos dar licencia para le poder imprimir y privilegio por veinte años ó como la nuestra merced fuese, lo cual visto por los del nuestro Consejo, por cuanto en el dicho libro se hizo la diligencia que la premática por nos sobre ello fecha dispone, fué acordado que debiamos mandar dar esta nuestra cédula en la dicha razon, y tuvimoslo por bien. Por la cual vos damos licencia y facultad para que por tiempo y espacio de diez años cumplidos, primeros siguientes que corran y se cuenten desde el dia de la fecha de esta nuestra cédula en adelante vos ó la persona que para ello vuestro poder hubiere, y no otra alguna, podais imprimir y vender el dicho libro que de suso se hace mencion y por la presente damos li cencia y facultad á cualquier impresor de nuestros reinos que nombraredes para que durante el dicho tiempo le pueda imprimir por el original, que en el nuestro consejo se vió que va rubricado y firmado al fin de Hernando de Vallejo nuestro escribano de cámara, y uno de los que en el residen, con que antes y primero que se venda, lo traigais ante ellos juntamente con el dicho original, para que se