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y no otra es la condicion por la cual, entregándose cada ciudadano á su patria, se libra de toda dependencia personal; condicion que produce el artificio y el juego de la máquina política, y que es la única que legitima las obligaciones civiles; las cuales sin esto, serian absurdas, tiránicas y sujetas á los mas enormes abusos.

CAPÍTULO VIII.
Del estado civil.

Este tránsito del estado de naturaleza al estado civil produce en el hombre un cambio muy notable, sustituyendo en su conducta la justicia al instinto y dando á sus acciones la moralidad que antes les faltaba. Solo entonces es cuando sucediendo la voz del deber al impulso físico y el derecho al apetito, el hombre que hasta aquel momento solo se mirára á si mismo, se vé precisado á obrar segun otros principios y á consultar con su razon antes de escuchar sus inclinaciones. Aunque en este estado se halle privado de muchas ventajas que le da la naturaleza, adquiere por otro lado algunas tan grandes, sus facultades se ejercen y se desarrollan, sus ideas se ensanchan, se ennoblecen sus sentimientos, toda su alma se eleva hasta tal punto, que si los abusos de esta nueva condicion no le degradasen á menudo haciéndola inferior á aquella de que saliera, deberia bendecir sin cesar el dichoso