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como á miembros de la patria, sino como á sus defensores. Por último un estado solo puede tener por enemigo á otro estado, y no á los hombres, en atencion á que entre cosas de diversa naturaleza no puede establecerse ninguna verdadera relacion.

No es menos conforme este principio con las máximas establecidas en todos los tiempos y con la práctica constante de todos los pueblos cultos. Una declaracion de guerra no es tanto una advertencia á las potencias, como á sus súbditos. El estrangero, bien sea rey, bien sea particular, bien sea pueblo, que roba, mata ó prende á un súbdito sin declarar la guerra al príncipe, no es un enemigo; es un salteador. Hasta en medio de la guerra, el príncipe que es justo se apodera en pais enemigo de todo lo perteneciente al público; pero respeta la persona y los bienes de los particulares; respeta unos derechos, sobre los cuales se fundan los suyos. Siendo el fin de la guerra la destruccion del estado enemigo, existe el derecho de matar á sus defensores mientras

    queria que su hijo continuase sirviendo bajo sus órdenes, debia hacerle prestar un nuevo juramento militar, porque estando anulado el primero, no podia continuar haciendo armas contra el enemigo. El mismo Caton escribió tambien á su hijo que no se atreviese á presentarse en los combates sin haber prestado el nuevo juramento. Bien sé que pueden oponerme el sitio de Clusium y algunos otros hechos particulares; pero yo no cito solamente hechos, sino leyes y costumbres. Los Romanos son los que menos han violado sus leyes, y solo ellos las han tenido tan hermosas.