Página:El contrato social (1836).djvu/177

Esta página ha sido corregida
171

den compensar el de alterar el orden público, y jamás se ha de suspender el poder sagrado de las leyes sino cuando se trata de la salud de la patria. En estos casos raros y manifiestos, se afianza la seguridad pública por medio de un acto particular que pone este encargo en manos del mas digno. Esta comision puede encargarse de dos maneras, segun sea la especie del peligro.

Sí, para poner el debido remedio, basta que se aumente la actividad del gobierno, se le puede concentrar en uno ó dos de sus miembros: de este modo no se altera la autoridad de las leyes, sino tan solo la forma de su administracion. Mas si es tal el peligro que el aparato de las leyes sea uno de los obstáculos que impidan preservarse de él, se nombra entonces un gefe supremo, que haga callar todas las leyes y que suspenda por un momento la autoridad soberana. En semejante caso no es dudosa la voluntad general, y es evidente que la principal intencion del pueblo es que el estado no perezca. De esta suerte, aunque se suspende la autoridad legislativa, no por eso se estingue: el magistrado que la hace callar, no puede hacerla hablar; la domina sin poder representarla; todo puede hacerlo, menos leyes.

El primer medio se empleaba por el senado romano, cuando encargaba á los cónsules, por medio de una fórmula consagrada, que mirasen por la salud de la república. El segundo tenia lugar cuando uno de los dos