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EL CONTRATO

era tambien teológica: los Departamentos de los Dioses estaban, por decirlo así, fixados en los límites de las Naciones. El Dios de un Pueblo no tenia algun derecho sobre los otros Pueblos: los Dioses de los Paganos no eran envidiosos; ellos dividian entre sí el Imperio del mundo. Moyses mismo y el Pueblo Hebreo se conformaban algunas veces con esta idea, hablando del Dios de Israel. Es verdad que miraban como ningunos los Dioses de los Chananeos, Pueblos proscriptos, condenados á la destruccion, y cuyo lugar debian ocupar los Hebreos; pero ved como hablaban de las Divinidades de los Pueblos vecinos á los que les estaba prohibido atacar: «La posesion de lo que pertenece á Chamos vuestro Dios, decia Jepté á los Amionitas, no os es legítimamente debida? Nosotros poseemos por el mismo título las tierras que nuestro Dios vencedor nos tiene dado.»[1] Esto era á mi parecer una paridad bien

  1. «Noune ea quæ possidet Chamos Deus tuus tibi jure debentar?» Tal es el texto de la Vulgata. El P. Carrieres ha traducido, «¿No creis vosotros tener derecho á poseer lo que pertenece á Chamos vuestro Dios?» Yo ignoro la fuerza del Texto Hebreo; mas veo que en la Vulgata, Jepté reconoce positivamente el derecho del Dios Chamos. El traductor frances debilita este reconocimiento substituyendo un segun vosotros que no hay en el texto latino.